Ayudas a la contratación de trabajadores

    Las ayudas a la contratación son subvenciones que pagan las comunidades autónomas, los servicios públicos de empleo y muchos ayuntamientos a empresas y autónomos que contratan a personas desempleadas. Suelen exigir contrato indefinido o de duración mínima, aumentar la plantilla y mantener el empleo durante un periodo fijado.

    158 convocatorias abiertas · 40 cierran en los próximos 15 días

    Empresas y autónomos
    Colectivos prioritarios
    Mantener el empleo
    Compatibles con bonificaciones

    Qué son

    Son subvenciones a fondo perdido que reciben empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro por contratar a personas desempleadas. Las convocan los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, las consejerías de empleo y muchos ayuntamientos dentro de sus planes de empleo locales. Arriba tienes las que siguen abiertas.

    No hay que confundirlas con las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social, reguladas con carácter estatal en el Real Decreto-ley 1/2023: estas no se solicitan en una convocatoria, se aplican en la cotización mensual. Ambas pueden ser compatibles si la convocatoria no dice lo contrario.

    Colectivos que suelen priorizar

    • Jóvenes, a menudo inscritos en Garantía Juvenil.
    • Personas mayores de 45 o de 52 años y paradas de larga duración.
    • Mujeres, especialmente en sectores donde están infrarrepresentadas y víctimas de violencia de género.
    • Personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.
    • Primer empleo de un autónomo sin asalariados.

    Obligaciones habituales

    • Contratar a una persona inscrita como demandante de empleo antes del alta.
    • Formalizar un contrato indefinido o de una duración mínima, a jornada completa o con la ayuda proporcional a la jornada.
    • Incrementar la plantilla media respecto a los meses anteriores.
    • Mantener el puesto durante el periodo exigido, que suele ir de 12 a 36 meses. Si la persona causa baja, normalmente hay que sustituirla en un plazo corto.
    • No haber hecho despidos improcedentes en los meses anteriores.
    • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Plazos y solicitud

    Muchas convocatorias exigen pedir la ayuda en un plazo corto desde el alta del contrato (uno a tres meses), así que conviene revisar la convocatoria antes de contratar. Se presentan por sede electrónica con certificado digital, adjuntando el contrato, el alta en la Seguridad Social, la vida laboral de la empresa y la acreditación del colectivo de la persona contratada.

    Si contratas por primera vez

    Si eres autónomo, revisa también las ayudas para autónomos y las de emprendimiento, que a veces incluyen una línea específica para el primer trabajador. Y si la ayuda es de minimis, comprueba el límite en la guía de ayudas de minimis.

    Convocatorias abiertas ahora mismo

    Organismo: SERVICIO NAVARRO DE EMPLEO - NAFAR LANSARE
    Importe: 600.000 €
    Plazo: hasta el 31 de octubre de 2026
    Organismo: INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM)
    Importe: 375.000 €
    Plazo: hasta el 31 de octubre de 2026 (estimado)
    Organismo: SERVICIO NAVARRO DE EMPLEO - NAFAR LANSARE
    Importe: 220.000 €
    Plazo: hasta el 31 de octubre de 2026
    Organismo: AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
    Importe: 50.000 €
    Plazo: hasta el 31 de octubre de 2026
    Organismo: AYUNTAMIENTO DE DAIMIEL
    Importe: 15.000 €
    Plazo: hasta el 31 de octubre de 2026
    Organismo: AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO
    Importe: 15.000 €
    Plazo: hasta el 31 de octubre de 2026
    Organismo: AYUNTAMIENTO DE ZIZUR MAYOR/ZIZUR NAGUSIA
    Importe: 5000 €
    Plazo: hasta el 1 de noviembre de 2026
    Organismo: DIPUTACIÓN DE SALAMANCA
    Importe: 1.500.000 €
    Plazo: hasta el 3 de noviembre de 2026 (estimado)

    Mostramos las 24 que cierran antes de las 158 abiertas. Crea una cuenta gratis para ver todas, filtrarlas por tu perfil y recibir alertas.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué diferencia hay entre una ayuda a la contratación y una bonificación?

    La ayuda a la contratación es una subvención que se solicita en una convocatoria y se cobra en la cuenta de la empresa. La bonificación es una reducción de la cuota a la Seguridad Social que se aplica directamente en la cotización. Suelen ser compatibles si la convocatoria no lo impide.

    ¿Puedo pedir la ayuda después de contratar?

    Sí, en muchas convocatorias la solicitud se presenta tras el alta del contrato, pero dentro de un plazo corto que suele ser de uno a tres meses. Algunas exigen pedirla antes de contratar, así que conviene leer la convocatoria primero.

    ¿Qué pasa si el trabajador se va antes de tiempo?

    Normalmente hay que sustituirlo por otra persona que cumpla los requisitos en un plazo corto. Si no se hace, la administración puede exigir el reintegro total o proporcional de la ayuda.

    ¿Los autónomos pueden pedir ayudas a la contratación?

    Sí. La mayoría de convocatorias admiten a empresas de cualquier forma jurídica, incluidas personas trabajadoras autónomas, y algunas tienen una línea específica para contratar al primer trabajador.

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