Ayudas a la contratación de trabajadores
Las ayudas a la contratación son subvenciones que pagan las comunidades autónomas, los servicios públicos de empleo y muchos ayuntamientos a empresas y autónomos que contratan a personas desempleadas. Suelen exigir contrato indefinido o de duración mínima, aumentar la plantilla y mantener el empleo durante un periodo fijado.
158 convocatorias abiertas · 40 cierran en los próximos 15 días
Qué son
Son subvenciones a fondo perdido que reciben empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro por contratar a personas desempleadas. Las convocan los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, las consejerías de empleo y muchos ayuntamientos dentro de sus planes de empleo locales. Arriba tienes las que siguen abiertas.
No hay que confundirlas con las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social, reguladas con carácter estatal en el Real Decreto-ley 1/2023: estas no se solicitan en una convocatoria, se aplican en la cotización mensual. Ambas pueden ser compatibles si la convocatoria no dice lo contrario.
Colectivos que suelen priorizar
- Jóvenes, a menudo inscritos en Garantía Juvenil.
- Personas mayores de 45 o de 52 años y paradas de larga duración.
- Mujeres, especialmente en sectores donde están infrarrepresentadas y víctimas de violencia de género.
- Personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.
- Primer empleo de un autónomo sin asalariados.
Obligaciones habituales
- Contratar a una persona inscrita como demandante de empleo antes del alta.
- Formalizar un contrato indefinido o de una duración mínima, a jornada completa o con la ayuda proporcional a la jornada.
- Incrementar la plantilla media respecto a los meses anteriores.
- Mantener el puesto durante el periodo exigido, que suele ir de 12 a 36 meses. Si la persona causa baja, normalmente hay que sustituirla en un plazo corto.
- No haber hecho despidos improcedentes en los meses anteriores.
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Plazos y solicitud
Muchas convocatorias exigen pedir la ayuda en un plazo corto desde el alta del contrato (uno a tres meses), así que conviene revisar la convocatoria antes de contratar. Se presentan por sede electrónica con certificado digital, adjuntando el contrato, el alta en la Seguridad Social, la vida laboral de la empresa y la acreditación del colectivo de la persona contratada.
Si contratas por primera vez
Si eres autónomo, revisa también las ayudas para autónomos y las de emprendimiento, que a veces incluyen una línea específica para el primer trabajador. Y si la ayuda es de minimis, comprueba el límite en la guía de ayudas de minimis.
Convocatorias abiertas ahora mismo
CONVOCATORIA 2026: SUBVENCIONES PARA CONTRATAR DESEMPLEADOS/AS DE ARRASATE EN EMPRESAS DEL MUNICIPIO
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Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre una ayuda a la contratación y una bonificación?
¿Puedo pedir la ayuda después de contratar?
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