CONVOCATORIA 2026: SUBVENCIONES PARA CONTRATAR DESEMPLEADOS/AS DE ARRASATE EN EMPRESAS DEL MUNICIPIO
AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Importe total: 50.000 €
Apertura del plazo: 24 de abril de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 901488
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a pymes (empresas de 250 trabajadores o menos en plantilla) y personas físicas que desarrollan actividad económica, así como a entidades sin ánimo de lucro (fundaciones, asociaciones, ONGs...) que tengan un centro de trabajo en Arrasate, se hallen al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales, y contraten a personas desempleadas del municipio.
Requisitos
Para poder solicitar la subvención, se deben cumplir las siguientes condiciones:
De las personas contratadas:
Estar empadronadas en Arrasate como mínimo desde el 1 de enero de 2026 (o haberse reempadronado al menos 1 día antes del contrato si previamente estuvieron empadronadas allí durante 10 o más años de forma continuada).
Estar desempleadas y registradas en Lanbide como demandantes de empleo al menos 1 día antes de formalizar el contrato.
No haber sido contratadas por la misma empresa en los 6 meses anteriores.
De los contratos:
Duración de 6 meses o superior.
Jornada mínima de media jornada (1/2).
Fecha de inicio entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
Deben suponer un incremento neto de la plantilla de la empresa respecto a los 6 meses anteriores.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la contratación de personas desempleadas del municipio de Arrasate que cumplan los requisitos de empadronamiento e inscripción en el servicio vasco de empleo. Los contratos de duración indefinida subvencionados por este programa no podrán utilizarse para solicitar la ayuda del programa de "Ayudas a empresas de Arrasate: nueva creación-traspaso de negocio-diversificación de actividad".
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 50.000 €. Las cuantías de las ayudas son:
2.783 € por cada contrato de 6 meses a jornada completa. Para jornadas parciales (mínimo 50%), la cantidad se ajustará proporcionalmente.
Incremento del 20% si la persona desempleada contratada es mujer.
Incremento del 20% si el contrato es indefinido (desde el inicio o convertido en indefinido durante los primeros 6 meses). Este extra se pagará al transcurrir 1 año desde el inicio del contrato.
Cada empresa puede subvencionar un máximo de 3 contratos en esta convocatoria (con posibilidad de solicitar más, que quedarán en reserva hasta el final del programa por si sobra presupuesto), y un límite máximo acumulado de 10 contratos a lo largo de sucesivas ediciones de este programa.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 31 de octubre de 2026 (o hasta agotar los fondos).
Cómo solicitarla:
Personas jurídicas: Obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Arrasate.
Personas físicas: De forma telemática o presencialmente en el BAZ (Servicio de Atención a la Ciudadanía) en sus horarios específicos (L-V de 7:30 a 15:00, Jueves de 7:30 a 18:30, Sábados de 9:00 a 13:00; en agosto L-V de 8:30 a 14:00).
Documentación a presentar: Impreso de solicitud, alta en el IAE, certificados de Hacienda y Seguridad Social, contrato de trabajo, certificado de plantilla media de los 6 meses anteriores, vida laboral del trabajador, justificante de inscripción en Lanbide, copia de DNI (trabajador y representante), documento de titularidad bancaria y declaración responsable de otras subvenciones.
Criterios de valoración
Esta ayuda se tramita por el procedimiento de concurrencia no competitiva. Las solicitudes se resolverán por estricto orden de presentación hasta que se agote la partida presupuestaria de 50.000 €. En caso de documentación incompleta, se otorgará un plazo de 10 días para subsanar los errores.
Obligaciones
Para recibir el pago de la subvención, que se realiza una vez transcurridos 6 meses desde el inicio del contrato, la empresa debe justificar la contratación presentando:
Copia de los justificantes de pago de salarios y cotizaciones a la Seguridad Social.
Certificados actualizados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
Vida laboral completa de los trabajadores al finalizar el periodo subvencionado.
Documentación de la Seguridad Social que acredite el incremento de la plantilla media durante los 6 meses posteriores al inicio del contrato.
Para contratos indefinidos, para cobrar el 20% adicional tras 12 meses, se deberá aportar de nuevo la documentación de pagos y estar al corriente de las obligaciones en ese momento.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?
Sí, es compatible con otras ayudas públicas o privadas para el mismo concepto, siempre que no se supere el coste salarial bruto de la contratación ni se produzca sobrefinanciación. En caso de superarlo, la ayuda del Ayuntamiento se reducirá proporcionalmente.
¿Qué ocurre si la persona que quiero contratar estuvo empadronada antes en Arrasate pero no lo está desde el 1 de enero de 2026?
Se admite su contratación si se reempadronó en el municipio al menos **1 día antes** de firmar el contrato, siempre y cuando demuestre haber estado empadronada en Arrasate durante un mínimo de **10 años continuados** en el pasado.
¿Cómo se calcula el importe si el contrato no es a jornada completa?
La cuantía de **2.783 €** está fijada para contratos a jornada completa. Si el contrato es a tiempo parcial (siempre respetando el mínimo de **1/2 jornada**), el importe de la ayuda se reducirá y ajustará proporcionalmente según el porcentaje de jornada establecido en el contrato.