CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROMOVER EL COMERCIO LOCAL DIRIGIDAS AL SECTOR COMERCIAL Y DE SERVICIOS DE ARRASATE
AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Importe total: 6000 €
Apertura del plazo: 24 de abril de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, HOSTELERÍA
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 901477
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el sector comercial o de servicios, así como a asociaciones supramunicipales siempre que uno o más de sus miembros tengan establecida su actividad en el municipio.
Requisitos
Tener la actividad y/o el establecimiento ubicado en Arrasate.
No tener deudas con el Ayuntamiento de Arrasate.
Quedan excluidas las actividades que ya se beneficien del convenio de colaboración anual entre el ayuntamiento y la asociación de comerciantes.
Quedan excluidos los proyectos que puedan encuadrarse en otro programa subvencional municipal.
Las acciones deben ser de interés general para promover el comercio local y estar abiertas a cualquier ciudadana/o, interesada/o o profesional (no se admiten las que solo beneficien al promotor).
Las acciones no pueden ser las habituales de la actividad del negocio.
Compromiso de realizar los mensajes escritos y las actividades en euskera o en ambas lenguas (dando prioridad al euskera).
Respetar la igualdad de género y realizar un esfuerzo especial con el medio ambiente en los materiales generados y mensajes emitidos.
Qué se subvenciona
Los gastos (sin IVA) para organizar acciones de promoción del comercio y los servicios en la calle, establecimientos, otros locales o edificios municipales:
Gastos de cursos, conferencias, talleres y contratación de servicios.
Gastos de difusión y promoción de las actividades.
Gastos de personal de la persona beneficiaria directamente relacionados con la actividad (formación, conferenciante). No se financian gastos de organización o coordinación.
No se subvencionan inversiones, ni adquisición de materiales o servicios no relacionados directamente con la actividad.
Cuantía
La subvención financia el 50% del gasto admisible de la actividad.
El límite máximo es de 1.500 euros por establecimiento y año.
Si se utilizan locales municipales, se financia el 100% de su coste.
El presupuesto total de la convocatoria es de 6.000 euros.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 31 de diciembre de 2026 (o hasta agotar el presupuesto de 6.000 euros).
Presentación: Exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
Documentación necesaria: Impreso de solicitud, NIF o DNI, certificado de alta en el IAE y una breve memoria que detalle los objetivos, descripción, lugar, fecha, participantes, recursos y coste de la actividad.
Obligaciones
Justificación: Presentar la documentación justificativa (memoria de la actividad con fotos, facturas, recibos de pago y justificante de cuenta corriente) en el plazo máximo de un mes desde la ejecución de la acción (o desde la solicitud para acciones ya ejecutadas).
Divulgación: Incluir el logotipo oficial del Ayuntamiento junto al de la organización en todos los soportes de difusión físicos y electrónicos.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se adjudican las subvenciones si el presupuesto es limitado?
Las solicitudes se resuelven por orden de presentación hasta que se agote la consignación presupuestaria total de **6.000 euros**.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores o le falta algún documento?
El Ayuntamiento otorgará un plazo de **10 días** hábiles para subsanar los defectos. Si no se realiza en ese plazo, la solicitud será inadmitida y se archivará el expediente.
¿Puedo pedir esta ayuda si ya he recibido otra subvención para la misma actividad?
Sí, estas ayudas son compatibles con otras subvenciones públicas o privadas siempre que no exista sobrefinanciación. Si la suma supera el coste, la ayuda de este programa se reducirá en la cantidad excedente.