BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2026, DEL PROGRAMA DE BECAS DE FORMACIÓN NO UNIVERSITARIA PARA PROMOVER UNA MAYOR CAPACITACION PROFESIONAL Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE PERSONAS MAYORES DE 23 AÑOS, DESEMPLEADAS O EN SITUACION DE MEJORA
AYUNTAMIENTO DE ZUMARRAGA
Importe total: 10.000 €
Apertura del plazo: 22 de abril de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: EDUCACIÓN
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 900846
A quién va dirigida
Esta ayuda va dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica que cumplan con el perfil de personas desempleadas o en situación de mejora de empleo y que estén empadronadas en el municipio de Zumarraga.
Para acceder a las becas, se deben cumplir los siguientes requisitos de perfil:
Tener más de 23 años a la fecha de inicio de la formación (excepcionalmente se admitirán menores de 23 años si cuentan con un informe emitido por Lanbide y/o el área de Promoción Económica, Desarrollo Local e Innovación del Ayuntamiento que justifique la conveniencia de su itinerario formativo).
Estar empadronadas en Zumarraga a la fecha de inicio de la formación.
Estar registradas en Lanbide como desempleadas (al menos desde el inicio del curso) o empleadas en situación de mejora de empleo. Se considera mejora de empleo tener contratos de duración determinada con una retribución bruta anual máxima de 18.000€. Excepcionalmente, se admiten personas no desempleadas que realicen la formación para la obtención de títulos o certificados de profesionalidad de Atención Socio sanitaria a personas en el domicilio.
Cursar estudios de formación profesional, tanto reglada como no reglada.
Finalizar la acción formativa con una asistencia mínima del 85 % sobre las horas lectivas del curso y superar todas las asignaturas.
Qué se subvenciona
Se subvenciona parte del gasto requerido para realizar acciones formativas no universitarias iniciadas a partir del 1 de septiembre de 2025 y que finalicen antes del 31 de agosto de 2026.
Las acciones formativas deben cumplir los siguientes requisitos:
Tipos de formación admitidos:
Acciones formativas no regladas de cualquier nivel y materia facultadas para otorgar certificado de profesionalidad.
Acciones formativas regladas de formación profesional.
Cursos para la obtención del carné de conducir tipo B-1.
Quedan excluidas las actividades formativas que tengan por objeto la enseñanza de idiomas.
Ubicación: Deben impartirse en centros de formación ubicados en Zumarraga. Si la formación no se ofrece en el municipio, se podrá realizar en el centro más cercano ubicado en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).
Entidad formadora: Impartida por personas físicas o jurídicas dadas de alta en el IAE como entidades de formación.
Por cada acción formativa solo se podrá optar a esta subvención en una sola convocatoria.
Cuantía
El Ayuntamiento de Zumarraga destina un importe total de 10.000€ para la convocatoria del año 2026. La ayuda cubre parte del gasto del curso (matrícula, mensualidades, material didáctico o equipos de protección).
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y finaliza el 31 de octubre de 2026.
¿Cómo solicitarla?
Vía telemática (preferente): A través del registro electrónico del Ayuntamiento de Zumarraga (www.zumarraga.eus).
Vía presencial: En caso de falta de medios o capacidad para tramitarlo online, se puede presentar en la oficina de atención al ciudadano solicitando cita previa por email o por teléfono (943.729.022).
Documentación obligatoria a presentar por el solicitante:
DNI/NIE/Pasaporte.
Currículum vitae (con experiencia laboral y académica).
Certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social.
Certificado de inscripción como demandante de empleo (Lanbide) o de estar en situación de mejora de empleo (en este caso, se debe aportar contrato de trabajo y las tres últimas nóminas).
Acreditación de la matriculación o inscripción en el curso.
Presupuesto o factura desglosada del centro de formación.
Declaración responsable sobre otras subvenciones para la misma formación.
Modelo de declaración jurada del Ayuntamiento de Zumarraga.
El Ayuntamiento recabará de oficio los datos de identidad, estar al corriente con la Seguridad Social, la Hacienda Foral y el propio Ayuntamiento, la vida laboral del último año, la demanda de empleo de Lanbide y el empadronamiento, salvo que te opongas expresamente.
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo tiene el Ayuntamiento para resolver mi solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de **un mes** desde que el Ayuntamiento reciba la solicitud. Si no hay resolución expresa en ese plazo, se entenderá desestimada.
¿Se puede obtener la beca para estudiar un idioma?
No, quedan expresamente excluidas de esta convocatoria todas las actividades formativas que tengan por objeto la enseñanza de idiomas.
¿Qué pasa si me conceden la beca pero decido no realizar el curso?
Dispones de un plazo de **15 días naturales** para renunciar a la subvención, a contar desde el día siguiente al que recibas la notificación de la concesión. Si no presentas la renuncia en ese plazo, se entenderá que la aceptas.