BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2026, DEL PROGRAMA DE BECAS DE FORMACIÓN NO UNIVERSITARIA PARA PROMOVER UNA MAYOR CAPACITACION PROFESIONAL Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE PERSONAS MAYORES DE 23 AÑOS, DESEMPLEADAS O EN SITUACION DE MEJORA

AYUNTAMIENTO DE ZUMARRAGA

A quién va dirigida

Esta ayuda va dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica que cumplan con el perfil de personas desempleadas o en situación de mejora de empleo y que estén empadronadas en el municipio de Zumarraga.

Para acceder a las becas, se deben cumplir los siguientes requisitos de perfil:

Qué se subvenciona

Se subvenciona parte del gasto requerido para realizar acciones formativas no universitarias iniciadas a partir del 1 de septiembre de 2025 y que finalicen antes del 31 de agosto de 2026.

Las acciones formativas deben cumplir los siguientes requisitos:

Cuantía

El Ayuntamiento de Zumarraga destina un importe total de 10.000€ para la convocatoria del año 2026. La ayuda cubre parte del gasto del curso (matrícula, mensualidades, material didáctico o equipos de protección).

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y finaliza el 31 de octubre de 2026.

¿Cómo solicitarla?

Documentación obligatoria a presentar por el solicitante:

El Ayuntamiento recabará de oficio los datos de identidad, estar al corriente con la Seguridad Social, la Hacienda Foral y el propio Ayuntamiento, la vida laboral del último año, la demanda de empleo de Lanbide y el empadronamiento, salvo que te opongas expresamente.

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tiene el Ayuntamiento para resolver mi solicitud?

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de **un mes** desde que el Ayuntamiento reciba la solicitud. Si no hay resolución expresa en ese plazo, se entenderá desestimada.

¿Se puede obtener la beca para estudiar un idioma?

No, quedan expresamente excluidas de esta convocatoria todas las actividades formativas que tengan por objeto la enseñanza de idiomas.

¿Qué pasa si me conceden la beca pero decido no realizar el curso?

Dispones de un plazo de **15 días naturales** para renunciar a la subvención, a contar desde el día siguiente al que recibas la notificación de la concesión. Si no presentas la renuncia en ese plazo, se entenderá que la aceptas.

Convocatoria oficial

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