CONVOCATORIA 2026: SUBVENCIONES A PERSONAS DESEMPLEADAS DE ARRASATE MAYORES DE 25 AÑOS QUE CURSEN ESTUDIOS
AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Importe total: 15.000 €
Apertura del plazo: 24 de abril de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 901516
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas desempleadas mayores de 25 años que cursen estudios de formación profesional.
Para poder ser beneficiaria, la persona debe cumplir los siguientes requisitos:
Tener 25 años cumplidos a la fecha de inicio de los estudios.
Estar empadronada en Arrasate, como mínimo, desde el 1 de enero de 2026.
Hallarse desempleada, al menos a partir de la fecha de inicio del curso. Se consideran en desempleo las personas en desempleo total y las trabajadoras a tiempo parcial con una dedicación inferior a un tercio de la jornada completa. Se permite haber trabajado únicamente durante los periodos vacacionales del curso.
Estar inscrita en Lanbide Servicio Vasco de Empleo, al menos desde la fecha de inicio del curso.
Asistir con buen aprovechamiento, como mínimo, al 80% de las sesiones presenciales y presentar el certificado correspondiente.
Estar en paro más del 75% del curso, lo cual se comprobará mediante la vida laboral al finalizar la formación.
Requisitos
Las acciones formativas deben cumplir las siguientes condiciones:
Ser acciones formativas de formación profesional reglada o acciones formativas no regladas de cualquier nivel y materia facultadas para otorgar certificado de profesionalidad. Quedan excluidos los idiomas.
Impartirse en centros de formación ubicados en Arrasate, o en el centro más cercano de la CAPV y Navarra si no se ofrece en el municipio.
Los centros de formación (personas físicas o jurídicas) deben estar dados de alta en el IAE como entidades de formación.
Solo se puede optar a esta subvención por cada acción formativa en una sola convocatoria.
Qué se subvenciona
Los costes de la propia acción formativa: matrícula, mensualidades y material didáctico.
Los costes de desplazamiento hasta el centro de formación (tomando como referencia el transporte público disponible más económico).
Se excluyen expresamente los costes de equipos informáticos y similares.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 15.000 €.
La subvención cubre hasta un 75% del gasto desembolsado por la persona solicitante.
El importe máximo a otorgar es de 2.000 € por persona y acción formativa.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 31 de octubre de 2026. Se admiten acciones formativas iniciadas a partir del 1 de septiembre de 2025.
La solicitud se puede presentar:
Por internet: a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Arrasate.
Presencialmente: en el BAZ (Servicio de Atención a la Ciudadanía).
La documentación obligatoria a presentar con la solicitud incluye: DNI/NIE/Pasaporte, currículum vitae, vida laboral actualizada, certificado de inscripción en Lanbide, justificante de matriculación, presupuesto detallado del centro de formación, declaración responsable de otras subvenciones y certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda (salvo que se autorice al Ayuntamiento a consultarlo).
Criterios de valoración
Esta subvención se tramita mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva. Las solicitudes se resolverán por orden de presentación hasta que se agote la consignación presupuestaria disponible.
Obligaciones
Para recibir el pago (que se realiza al término de la formación), la persona beneficiaria debe presentar la siguiente documentación justificativa:
Justificantes de pago de la matrícula, mensualidades, material didáctico o equipos de protección individual.
Justificantes de desplazamiento (billete de ida y vuelta del transporte público) y certificado del centro con los días lectivos y de prácticas.
Certificado de buen aprovechamiento y asistencia del centro de formación, que acredite la asistencia mínima exigida.
Certificado de estar al corriente de pagos a Hacienda tras finalizar el curso.
Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria.
Vida laboral que demuestre haber estado en paro más del 75% del curso.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir la ayuda si he trabajado un poco durante el curso?
Sí, siempre que su jornada a tiempo parcial sea inferior a un tercio de la jornada completa, o bien si ha trabajado únicamente durante los periodos vacacionales oficiales del calendario del curso. Al finalizar, su vida laboral debe demostrar que ha estado en paro más del 75% de la duración del curso.
¿Se subvencionan los cursos de idiomas?
No, el extracto excluye expresamente de esta convocatoria las actividades formativas que tengan por objeto la enseñanza de idiomas.
¿Qué pasa si me falta algún documento al presentar la solicitud?
El Ayuntamiento le otorgará un plazo de **diez días** hábiles para subsanar los errores o aportar la documentación que falte. Si no lo hace en ese plazo, se le tendrá por desistido de su solicitud.