Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), con compromiso de contratación, para 2026.
DIRECCIÓN GENERAL FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO LABORAL
Importe total: 3.283.000 €
Apertura del plazo: 03 de enero de 2026
Cierre del plazo: 30 de noviembre de 2026
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Otra educación
Ámbito territorial: Castilla-La Mancha
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 875960
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida a las siguientes categorías de beneficiarios que operen en el ámbito de Castilla-La Mancha:
PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.
Gran empresa.
Personas físicas que no desarrollan actividad económica.
Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la realización de acciones de formación profesional en el ámbito laboral dirigidas a personas trabajadoras desempleadas (Modalidad II), las cuales deben incluir un compromiso de contratación. La finalidad de estas ayudas es el fomento del empleo.
Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria es de 3.283.000 EUR. Esta cifra incluye una ampliación de crédito disponible por un importe de 1.047.500,00 euros sobre la resolución reguladora.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para la presentación de solicitudes se abre el 2026-01-03 y finaliza el 2026-11-30.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el presupuesto total de esta ayuda y qué organismo la gestiona?
El importe total de la convocatoria es de **3.283.000 EUR** y es gestionada por la **Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral** de **Castilla-La Mancha**.
¿Qué colectivo debe recibir la formación objeto de la subvención?
La formación debe ir dirigida obligatoriamente a **personas trabajadoras desempleadas** y debe contar con un **compromiso de contratación**.