Resolución de 20 de marzo de 2026, DGIECE, Línea 2 Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de Pymes. Mínimis Agrícola.
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Importe total: 10.680.837 €
Apertura del plazo: 28 de marzo de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades relacionadas con el empleo
Ámbito territorial: Andalucía
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 894135
A quién va dirigida
A personas trabajadoras autónomas, mutualistas de colegios profesionales y pymes con actividad en Andalucía, según la línea correspondiente:
Línea 1: Personas trabajadoras autónomas y mutualistas colegiados de alta en el RETA o mutualidad alternativa que formalicen su primera contratación indefinida ordinaria.
Línea 2: Personas trabajadoras autónomas y mutualistas colegiados para su segunda o sucesivas contrataciones, así como pymes para su primera o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias.
Requisitos
Perfil de la persona contratada: Debe estar desempleada el día anterior al inicio de la relación laboral y cumplir, el día de inicio, alguna de estas condiciones:
Menor de 30 años.
Mayor de 45 años.
Persona desempleada de larga duración (cualquier edad).
Fechas de contratación: El alta en la Seguridad Social debe situarse entre el 1 de enero de 2026 y los 10 días posteriores a la presentación de la solicitud.
Exclusión en Línea 1: No podrán solicitarla autónomos o mutualistas que hayan tenido a alguna persona contratada en los 12 meses anteriores al inicio del contrato subvencionado.
Qué se subvenciona
La formalización de contratos indefinidos ordinarios iniciados entre el 1 de enero de 2026 y el fin del plazo de solicitud, a jornada completa o a jornada parcial (siempre que represente al menos el 50 % de la jornada completa).
Cuantía
Las ayudas se conceden a tanto alzado según la línea y el tipo de jornada:
Línea 1 (primera contratación de autónomos):
Jornada completa: 18.000 euros.
Jornada parcial (igual o superior al 50 %): 9.000 euros.
Línea 2 (sucesivas de autónomos y contrataciones de pymes):
Jornada completa: 15.000 euros.
Jornada parcial (igual o superior al 50 %): 7.500 euros.
Incremento por contratación de mujeres: En ambas líneas, la ayuda aumenta en 2.000 euros adicionales para jornada completa o 1.000 euros adicionales para jornada parcial.
Obligaciones
Mantener la relación laboral indefinida subvencionada durante un periodo mínimo de 24 meses a contar desde el inicio del contrato.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de solicitud: Desde el 28 de marzo de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026.
Procedimiento: Concesión en régimen de concurrencia no competitiva (se resuelven por orden de solicitud hasta agotar el crédito presupuestario).
Preguntas frecuentes
¿Se pueden subvencionar contratos a tiempo parcial?
Sí, siempre que la jornada laboral pactada sea **igual o superior al 50 %** de la jornada completa.
¿Cuánto tiempo debe durar el contrato incentivado?
La persona contratada debe mantenerse de alta con contrato indefinido ordinario durante al menos **24 meses** desde el inicio de la relación laboral.
¿Puede optar una pyme a la Línea 1?
No. Las pymes acceden a través de la **Línea 2**, que financia tanto la primera como las sucesivas contrataciones indefinidas realizadas por empresas.