Resolución de 20 de marzo de 2026, DGIECE, Línea 1 Incentivo a la primera contatación indefinida ordinaria por parte de personas trabajadoras autónomas. Mínimis Sector Agrícola.
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Importe total: 2.919.163 €
Apertura del plazo: 28 de marzo de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades relacionadas con el empleo
Ámbito territorial: Andalucía
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 894132
A quién va dirigida
Esta convocatoria va dirigida a:
Personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales dadas de alta en el RETA o en la mutualidad alternativa correspondiente.
Pequeñas y medianas empresas (pymes).
El ámbito de aplicación es la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Requisitos
Para poder acceder a estas ayudas, se deben cumplir las siguientes condiciones:
Para la Línea 1 (autónomos y mutualistas), la contratación debe ser la primera contratación indefinida ordinaria que realizan. No podrán beneficiarse si han tenido contratada a alguna persona dentro de los doce meses anteriores al inicio de la relación laboral subvencionada.
Para la Línea 2, va dirigida a autónomos y mutualistas para su segunda o sucesivas contrataciones, y a pymes para su primera o sucesivas contrataciones.
La persona contratada debe pertenecer a uno de estos colectivos: jóvenes menores de 30 años, desempleados de larga duración (cualquiera que sea su edad) o mayores de 45 años.
La condición de desempleada de la persona contratada debe cumplirse el día anterior al inicio de la relación laboral. Las condiciones de edad o desempleo de larga duración deben cumplirse el mismo día de inicio de la relación laboral.
La fecha de inicio de la relación laboral (fecha de alta en la Seguridad Social) debe estar comprendida entre el 1 de enero de 2026 y los diez días posteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la contratación indefinida ordinaria, que puede ser:
A jornada completa.
A jornada parcial, siempre que sea igual o superior al 50 % de la jornada completa.
La contratación subvencionada se debe mantener durante un período mínimo de veinticuatro meses desde el inicio de la relación laboral.
Cuantía
Las cuantías de la subvención varían según la línea y el tipo de jornada:
Línea 1 (Primera contratación de autónomos/mutualistas):
18.000 euros para contratos a jornada completa.
9.000 euros para contratos a jornada parcial (mínimo 50 %).
Línea 2 (Sucesivos contratos de autónomos y cualquier contrato en pymes):
15.000 euros para contratos a jornada completa.
7.500 euros para contratos a jornada parcial (mínimo 50 %).
Incrementos adicionales:
En ambas líneas, la cuantía se incrementará si la persona contratada es mujer:
2.000 euros adicionales para contratos a jornada completa.
1.000 euros adicionales para contratos a jornada parcial.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 28 de marzo de 2026 y finaliza el 31 de octubre de 2026. El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.
Obligaciones
La persona o entidad beneficiaria tiene la obligación de mantener la contratación indefinida ordinaria subvencionada durante un período mínimo de veinticuatro meses a contar desde el inicio de la relación laboral.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si el contrato es a tiempo parcial?
Sí, siempre que la jornada parcial sea igual o superior al **50 %** de la jornada completa. En este caso, la ayuda será de **9.000 euros** para la Línea 1 y de **7.500 euros** para la Línea 2.
¿Qué ocurre si la persona que voy a contratar es una mujer?
La cuantía de la subvención se incrementará en **2.000 euros adicionales** si el contrato es a jornada completa, o en **1.000 euros adicionales** si el contrato es a jornada parcial.
¿Se puede solicitar la ayuda para un contrato que ya ha comenzado?
Sí, la contratación es subvencionable siempre que su inicio (fecha de alta en la Seguridad Social) haya tenido lugar entre el **1 de enero de 2026** y los **diez días posteriores** a la presentación de la solicitud de la subvención.