Resolución de 20 de marzo de 2026, DGIECE, Línea 1 Incentivo a la primera contatación indefinida ordinaria por parte de personas trabajadoras autónomas. Mínimis Sector Agrícola.

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

A quién va dirigida

Esta convocatoria va dirigida a:

El ámbito de aplicación es la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Requisitos

Para poder acceder a estas ayudas, se deben cumplir las siguientes condiciones:

Qué se subvenciona

Se subvenciona la contratación indefinida ordinaria, que puede ser:

La contratación subvencionada se debe mantener durante un período mínimo de veinticuatro meses desde el inicio de la relación laboral.

Cuantía

Las cuantías de la subvención varían según la línea y el tipo de jornada:

Línea 1 (Primera contratación de autónomos/mutualistas):

Línea 2 (Sucesivos contratos de autónomos y cualquier contrato en pymes):

Incrementos adicionales:

En ambas líneas, la cuantía se incrementará si la persona contratada es mujer:

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 28 de marzo de 2026 y finaliza el 31 de octubre de 2026. El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.

Obligaciones

La persona o entidad beneficiaria tiene la obligación de mantener la contratación indefinida ordinaria subvencionada durante un período mínimo de veinticuatro meses a contar desde el inicio de la relación laboral.

Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar la ayuda si el contrato es a tiempo parcial?

Sí, siempre que la jornada parcial sea igual o superior al **50 %** de la jornada completa. En este caso, la ayuda será de **9.000 euros** para la Línea 1 y de **7.500 euros** para la Línea 2.

¿Qué ocurre si la persona que voy a contratar es una mujer?

La cuantía de la subvención se incrementará en **2.000 euros adicionales** si el contrato es a jornada completa, o en **1.000 euros adicionales** si el contrato es a jornada parcial.

¿Se puede solicitar la ayuda para un contrato que ya ha comenzado?

Sí, la contratación es subvencionable siempre que su inicio (fecha de alta en la Seguridad Social) haya tenido lugar entre el **1 de enero de 2026** y los **diez días posteriores** a la presentación de la solicitud de la subvención.

Convocatoria oficial

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