Resolución de 20 de marzo de 2026, DGIECE, Línea 1 Incentivo a la primera contatación indefinida ordinaria por parte de personas trabajadoras autónomas. Mínimis General.
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Importe total: 10.217.071 €
Apertura del plazo: 28 de marzo de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades relacionadas con el empleo
Ámbito territorial: Andalucía
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 894130
A quién va dirigida
Línea 1: Personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales de alta en el RETA o mutualidad alternativa que realicen su primera contratación indefinida ordinaria. No pueden haber tenido contratada a ninguna persona en los doce meses anteriores al inicio del contrato.
Línea 2: Personas trabajadoras autónomas y mutualistas para su segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias, así como pymes para su primera y sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias.
Qué se subvenciona
La contratación indefinida ordinaria, a jornada completa o a jornada parcial (siempre que sea igual o superior al 50 % de la jornada completa), de personas desempleadas que pertenezcan a uno de estos colectivos:
Jóvenes menores de 30 años.
Mayores de 45 años.
Personas desempleadas de larga duración (cualquiera que sea su edad).
La condición de desempleo debe cumplirse el día anterior al inicio laboral, y la edad o condición de larga duración, el día de inicio. La fecha de alta en la Seguridad Social debe situarse entre el 1 de enero de 2026 y los diez días posteriores a la presentación de la solicitud, dentro del plazo límite de la convocatoria.
Cuantía
Para la Línea 1:
18.000 euros por contrato a jornada completa.
9.000 euros por contrato a jornada parcial (igual o superior al 50 %).
Para la Línea 2:
15.000 euros por contrato a jornada completa.
7.500 euros por contrato a jornada parcial (igual o superior al 50 %).
Ambas líneas cuentan con un incremento si la persona contratada es mujer:
2.000 euros adicionales a jornada completa.
1.000 euros adicionales a jornada parcial.
Obligaciones
Mantener la contratación indefinida subvencionada durante un período mínimo de veinticuatro meses a contar desde el inicio de la relación laboral.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de solicitud está abierto desde el 28 de marzo de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026.
El procedimiento se tramita en régimen de concurrencia no competitiva.
Preguntas frecuentes
¿Qué colectivos deben contratarse para poder pedir la subvención?
El contrato debe formalizarse con personas desempleadas que sean menores de **30 años**, mayores de **45 años** o personas desempleadas de larga duración de cualquier edad. Estas condiciones deben cumplirse entre el día previo y el mismo día de alta laboral.
¿Cuánto tiempo debe mantenerse el contrato realizado?
Es obligatorio mantener el contrato indefinido subvencionado durante un período mínimo de **veinticuatro meses** desde la fecha de inicio del contrato.
¿Puede optar a la Línea 1 un autónomo que ya tuvo personal contratado?
No. Quedan excluidas de la Línea 1 las personas trabajadoras autónomas o mutualistas que hayan tenido a alguien contratado en los **doce meses anteriores** al inicio de la relación laboral subvencionable.