Resolución de 16 de octubre de 2026, de la Vicepresidencia Segunda de la Junta de Castilla y León convocatoria para fomentar el emprendimiento y la contratación de mujeres jóvenes entre 18 y 30 años en ámbitos laborales con infrarrepresentación femenina
VICEPRESIDENCIA SEGUNDA
Importe total: 200.000 €
Apertura del plazo: 23 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 06 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Castilla y León
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 936351
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a dos perfiles de beneficiarias en la Comunidad de Castilla y León:
Empresas y personas físicas empleadoras de hasta 500 trabajadores/as que tengan su centro de trabajo en esta comunidad autónoma.
Mujeres entre 18 y 30 años que se den de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) para desarrollar su actividad en este territorio.
Requisitos
Para poder acceder a la subvención, se deben cumplir las siguientes condiciones:
La contratación o el alta de autónoma de la mujer joven (de entre 18 y 30 años) debe realizarse en sectores de actividad donde la presencia femenina sea inferior al 40% (sectores con infrarrepresentación de las mujeres).
La actividad empresarial o el centro de trabajo debe ubicarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
Qué se subvenciona
Se financia la cuota empresarial a la Seguridad Social por el alta de una mujer joven, ya sea mediante una contratación por cuenta ajena o por su alta por cuenta propia (autónoma), con el objetivo de fomentar el empleo estable y el emprendimiento femenino en sectores con infrarrepresentación de mujeres.
Cuantía
La ayuda equivale al importe de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a un año (12 meses) desde la fecha de alta de la trabajadora contratada o de la trabajadora autónoma. Para el cálculo se excluyen las bonificaciones que ya se hayan aplicado a dicha cuota según la legislación vigente. El presupuesto total asignado a esta convocatoria es de 200.000 EUR.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes se abre el 23 de octubre de 2026 (el día siguiente a la publicación del extracto) y finaliza el 6 de noviembre de 2026.
La solicitud se debe realizar a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS 936351.
Preguntas frecuentes
¿Qué sectores de actividad se consideran para esta ayuda?
Se aplica a aquellos sectores de actividad en los que exista una infrarrepresentación femenina, definidos concretamente como aquellos donde la presencia de las mujeres no llega al **40%**.
¿Qué gastos de Seguridad Social cubre la subvención?
Cubre una cantidad equivalente a la aportación de las cuotas de la Seguridad Social durante **un año** desde el alta, restando cualquier otra bonificación que ya se haya aplicado a dicha cuota.
¿Qué límite de plantilla tienen las empresas para poder solicitarla?
Las empresas o empleadores autónomos que contraten a las jóvenes deben tener una plantilla de **hasta 500 trabajadores/as**.