Convocatoria para el año 2026 de las subvenciones destinadas a fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM)
Importe total: 375.000 €
Apertura del plazo: 27 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Aragón
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 890296
A quién va dirigida
Esta convocatoria se dirige a las empresas (cualquiera que sea su forma jurídica), las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado ordinario de trabajo que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
Para acceder a las subvenciones se deben cumplir los siguientes requisitos:
Contratar a personas con discapacidad (con un grado reconocido igual o superior al 33% o con capacidad intelectual límite) o que sean pensionistas de la Seguridad Social con incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez) o pensionistas de clases pasivas por jubilación o retiro por incapacidad permanente.
Las personas contratadas deben ser demandantes de empleo en situación de no ocupadas y estar inscritas en el servicio público de empleo (salvo en los casos de tránsito desde el mercado de trabajo protegido).
Las actuaciones subvencionables deben realizarse en el territorio de Aragón entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
Qué se subvenciona
Se subvencionan las siguientes actuaciones:
La contratación por tiempo indefinido o temporal de personas con discapacidad o capacidad intelectual límite.
La transformación en indefinido de contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad.
Los gastos necesarios para la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras u obstáculos para trabajadores con discapacidad.
El tránsito de personas trabajadoras con discapacidad desde los centros especiales de empleo a empresas del mercado ordinario.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 375.000 €. El extracto oficial no detalla importes máximos o individuales por cada tipo de contrato o adaptación de puesto.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes varía según la actuación:
Contratación indefinida o temporal:quince días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora.
Transformación en indefinido de contratos temporales:quince días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de inicio del contrato indefinido.
Adaptación de puestos de trabajo: se puede solicitar durante toda la vigencia del contrato y, como límite, en el plazo de quince días hábiles desde el día siguiente al pago de la adaptación.
Casos especiales: si el contrato o la transformación se inició entre el 1 de octubre de 2025 y el día de entrada en vigor de la convocatoria, el plazo de quince días empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.
La solicitud se debe tramitar obligatoriamente por vía electrónica ante la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo (INAEM), a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Preguntas frecuentes
¿Qué consideración de discapacidad tienen los pensionistas de incapacidad permanente?
A los efectos de estas subvenciones, se considerará que los pensionistas de la Seguridad Social o de clases pasivas que cumplan los requisitos de la convocatoria presentan una discapacidad en un grado del **33%**.
¿Es obligatorio estar inscrito como demandante de empleo en todos los casos?
No de forma absoluta. La inscripción previa en el servicio público de empleo no será exigible en los supuestos de tránsito de la persona trabajadora desde el mercado de trabajo protegido (centros especiales de empleo) a la empresa ordinaria.
¿Cómo y dónde se deben presentar las solicitudes?
Las solicitudes deben presentarse de forma obligatoria por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, dirigidas a la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo.