Resolución de 20 de Abril de 2026, convocatoria Linea 2 Energía del Programa 2 Espacios productivos. Actuaciones en Sector Público local

AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA

A quién va dirigida

Pueden solicitar estas ayudas las siguientes entidades y personas en el ámbito de Andalucía:

Si una entidad del sector público local contrata la inversión mediante una empresa de servicios energéticos (ESE), la solicitante del incentivo deberá ser la propia entidad local.

Requisitos

Qué se subvenciona

Inversiones de la Línea 2 del Programa 2 («Espacios productivos») repartidas en las siguientes tipologías:

Cuantía

Plazo y cómo solicitarla

Preguntas frecuentes

¿Cómo se asignan estas subvenciones?

Se tramitan mediante el procedimiento de **concurrencia no competitiva**, resolviéndose conforme se presentan las solicitudes hasta agotar el crédito presupuestario.

¿Cuál es la inversión o incentivo mínimo que se puede pedir?

El incentivo mínimo a solicitar es de **10.000 euros** para todas las líneas, con la excepción de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos (**L2.2.9**), donde el mínimo baja a **3.000 euros**.

Si un ayuntamiento recurre a una empresa de servicios energéticos (ESE), ¿quién presenta la solicitud?

En el caso de entidades locales o su sector público dependiente, la ayuda debe solicitarla la **propia entidad local territorial o entidad vinculada**, y no la empresa adjudicataria del servicio.

Convocatoria oficial

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