Orden de 30 de junio 2025,Conv.L.2:Subvenciones a personas trabajadoras autón.,PYMES o Fundaciones priv. para obtención de acreditación como entidad de certificación para evaluar la conformidad con las Normas Marca Parque Nat.And.
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Importe total: 50.000 €
Apertura del plazo: 31 de julio de 2025
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Ensayos y análisis técnicos
Ámbito territorial: Andalucía
Código BDNS: 845162
A quién va dirigida
Esta ayuda va dirigida a personas trabajadoras autónomas, microempresas, pequeñas o medianas empresas (PYMES) o fundaciones privadas que no estén acreditadas para certificar la conformidad con las normas de la marca Parque Natural de Andalucía.
Quedan excluidas las Administraciones Públicas, corporaciones de derecho público y entidades o empresas pertenecientes al sector público (o controladas mayoritariamente por este).
Requisitos
Las PYMES deben adecuarse a lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014.
El objeto empresarial, social o titulación de los solicitantes debe estar en condiciones de aptitud y solvencia para solicitar la acreditación ante la ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) o entidad reconocida en el ámbito de la Unión Europea.
Las ayudas están sometidas al régimen de *minimis* según el Reglamento (UE) 2023/2831 o el Reglamento (UE) 2023/2832 para empresas que prestan servicios de interés económico general.
Qué se subvenciona
La obtención de la acreditación como entidad de certificación para evaluar la conformidad de productos o servicios con las especificaciones de las normas de la marca Parque Natural de Andalucía.
Es subvencionable la obtención o renovación del Certificado de la conformidad de productos o de servicios para la concesión o mantenimiento de la licencia de uso de la marca, que debe estar expedido por la Administración Pública competente, organismo autorizado o entidad de certificación acreditada por la ENAC o entidad reconocida en la Unión Europea.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 50.000,00 € (distribuidos en 10.000,00 € para 2025 y 40.000,00 € para 2026).
La cuantía máxima de la subvención por beneficiario es de hasta 10.000,00 €.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Comienza el 1 de agosto de 2025 (día siguiente a la publicación del extracto) y finaliza el 31 de octubre de 2026 (salvo agotamiento previo del crédito, lo cual se publicaría en el BOJA).
Procedimiento: El régimen de concesión es de concurrencia no competitiva.
Cómo solicitarla: Se realiza a través de internet (obligatorio para sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración) en el enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica de la Junta de Andalucía, bajo el código de procedimiento núm. 24487.
La presentación autoriza al órgano gestor a verificar de oficio los datos tributarios y frente a la Seguridad Social.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se reparten los fondos si se agota el dinero antes de la fecha límite?
Si se agota el crédito antes del **31 de octubre de 2026**, se publicará una resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para darlo a conocer, lo cual pondrá fin al plazo de presentación de solicitudes de forma anticipada.
¿Qué pasa si presento más de una solicitud para esta ayuda?
Si una persona interesada presenta varias solicitudes dentro del plazo, se considerará que la **última presentada en plazo** anula por completo a todas las anteriores.
¿Quién debe expedir el certificado de conformidad para que sea subvencionable?
Debe estar expedido por la Administración Pública competente, un organismo autorizado o una entidad de certificación que esté acreditada por la **ENAC** o por una entidad reconocida en el ámbito de la Unión Europea.