Orden de 9 de septiembre 2025 por la que se convocan subvencionespara la certificación de determinados productos o servicios según la marca Parque Natural. Linea 1 Orden 19 de septiembre de 2021. Minimi General
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Importe total: 40.000 €
Apertura del plazo: 11 de octubre de 2025
Cierre del plazo: 03 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Ámbito territorial: Andalucía
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 859525
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a personas físicas o jurídicas (incluyendo PYMES) que desarrollen su actividad económica en el ámbito territorial de los espacios naturales protegidos de Andalucía. Estas actividades deben estar orientadas a la venta o distribución de productos, o a la prestación de servicios pertenecientes a las categorías de la marca Parque Natural de Andalucía.
Quedan excluidas las Administraciones Públicas, corporaciones de derecho público y entidades o empresas pertenecientes al sector público (o controladas mayoritariamente por este).
Requisitos
Las PYMES deben adecuarse a lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014.
Cumplir con los requisitos de origen o elaboración de productos, lugar o condicionantes de la prestación de servicios, y exigencias de calidad o medioambientales recogidos en la Orden de 15 de diciembre de 2004.
La ayuda está sometida al régimen de ayudas de minimis regulado por los Reglamentos (UE) núm. 1407/2013 (general), 1408/2013 (sector agrícola) o 717/2014 (pesca y acuicultura).
Qué se subvenciona
Es subvencionable la obtención o renovación del Certificado de la conformidad de productos o de servicios para la concesión o mantenimiento de la licencia de uso de la marca Parque Natural de Andalucía.
Este certificado debe estar expedido por la Administración Pública competente, un organismo autorizado o una entidad de certificación acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) o entidad reconocida en la Unión Europea.
Cuantía
La cuantía máxima por subvención es de hasta 600 euros.
El presupuesto total máximo destinado a la convocatoria es de hasta 86.600,00 euros (distribuido estimativamente en 34.600,00 euros para 2025 y 52.000,00 euros para 2026).
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Comienza el 11 de octubre de 2025 (día siguiente a la publicación del extracto en el BOJA) y finaliza el 3 de noviembre de 2026.
Procedimiento: Las solicitudes se tramitan en régimen de concurrencia no competitiva. En caso de presentar varias solicitudes, la última registrada en plazo anulará las anteriores.
Dónde solicitarlo: A través del enlace habilitado en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía: `https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24487.html`
Preguntas frecuentes
¿Cómo se adjudican estas subvenciones?
Se conceden en régimen de **concurrencia no competitiva**, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes con cargo a los créditos de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
¿Qué ocurre si presento más de una solicitud para esta ayuda?
Si durante el plazo de presentación una persona interesada presenta varias solicitudes de ayuda, se considerará que **la última presentada en plazo anula a todas las anteriores**.
¿Qué tipo de entidades de certificación deben emitir el documento para que sea subvencionable?
Debe estar expedido por la Administración Pública competente, un organismo autorizado o una entidad de certificación acreditada por la **Entidad Nacional de Acreditación (ENAC)** o entidad reconocida en la Unión Europea.