Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Pesca y acuicultura
Ámbito territorial: La Rioja · La Rioja
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 898517
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a los siguientes colectivos que desarrollen su actividad en La Rioja:
Empresarios/as y profesionales autónomos o mutualistas que realicen por cuenta propia actividades empresariales, mineras, industriales, comerciales, de servicios, agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras.
Cónyuges, parejas de hecho y familiares de trabajadores autónomos (hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o por adopción) que se incorporen como autónomos colaboradores o como familiares de socio.
Autónomos o mutualistas que ejerzan su actividad a través de una sociedad (incluidas sociedades civiles, comunidades de bienes o titularidad compartida), siempre que su base liquidable general del IRPF del ejercicio 2024 no supere los 60.000 euros.
Requisitos
Para poder solicitar la ayuda, se deben cumplir las siguientes condiciones:
Antigüedad: Estar de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o en la Mutualidad alternativa de forma ininterrumpida durante el año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud. Se permite acumular periodos en diferentes situaciones de alta de forma continua.
Domicilio: Los autónomos individuales o mutualistas deben estar de alta en el Censo de Actividades Económicas con domicilio fiscal en La Rioja al solicitar la ayuda y mantenerlo hasta la resolución y pago. En el caso de autónomos societarios, colectivos o familiares de socio, la sociedad debe tener su domicilio social y fiscal en La Rioja.
Cumplir con los requisitos generales de la Ley General de Subvenciones, aunque los beneficiarios quedan exonerados de acreditar que están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para esta ayuda.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un crédito presupuestario total disponible de 3.500.000,00 euros.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Se inicia el día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja a las 9:00 horas y finaliza el 14 de mayo de 2026 a las 14:00 horas.
Vía de tramitación: El procedimiento se realiza obligatoriamente de forma telemática a través de la web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).
Procedimiento de concesión: Se otorgará bajo el régimen de concesión directa.
Preguntas frecuentes
¿Qué límite de ingresos se aplica a quienes tienen una sociedad?
Los autónomos que desarrollen su actividad a través de una sociedad no podrán acceder a la ayuda si la base liquidable general de su IRPF del año **2024** supera los **60.000 euros**.
¿Se admiten bajas entre regímenes durante el año previo de cotización?
Solo se considera ininterrumpido el alta si el solicitante se dio de baja en la mutualidad alternativa a partir del **6 de julio de 2023** e ingresó inmediatamente después en el RETA, de forma continua y sin un solo día de interrupción entre ambos regímenes.
¿Tienen que cumplir los autónomos colaboradores con el requisito de domicilio fiscal?
No, el requisito de estar de alta en el Censo de Actividades Económicas con domicilio fiscal en La Rioja **no es exigible** para los trabajadores autónomos que actúen como familiares colaboradores.