Resolución de 12 de agosto de 2025, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internalización de las pymes en Andalucía MINIMIS AGRIC
AGENCIA EMPRESARIAL PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO
Importe total: 575.000 €
Apertura del plazo: 26 de agosto de 2025
Cierre del plazo: 30 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Ámbito territorial: Andalucía
Código BDNS: 851997
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a:
Pymes (según los criterios del Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014).
Personas físicas que desarrollan una actividad económica (autónomos).
Asociaciones empresariales que estén integradas mayoritariamente por pymes.
Todos los beneficiarios deben contar con un establecimiento operativo en Andalucía.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 11.500.000 euros (distribuidos en dos partidas presupuestarias de 11.000.000 euros y 500.000 euros). El importe de 575.000 euros se corresponde con el régimen de ayudas de minimis agrícolas (MINIMIS AGRIC).
Estas subvenciones cuentan con una cofinanciación del 85% de la Unión Europea a través del Programa FEDER 2021-2027.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Comienza el 26 de agosto de 2025 y finaliza el 30 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas.
Método de tramitación: Las solicitudes se deben cumplimentar y presentar exclusivamente de forma telemática a través de los medios electrónicos disponibles en la dirección de Internet de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
Procedimiento: Se concede en régimen de concurrencia no competitiva (se tramitan y resuelven por orden de presentación hasta agotar los fondos).
Preguntas frecuentes
¿Cómo se justifican los gastos de viaje y estancia?
Los gastos de viaje, alojamiento y manutención del personal de la empresa que realice la actuación se justificarán mediante el sistema de **costes simplificados** detallado en la convocatoria. El resto de los gastos subvencionables se deberán justificar mediante el sistema de costes reales efectivamente realizados.
¿Dónde puedo consultar los formularios y el estado del trámite?
Toda la información y los formularios oficiales están disponibles en el portal de la Junta de Andalucía bajo el código de procedimiento **2/CEHFE/25859**.
¿Quién financia estas ayudas?
Están financiadas por la **Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE)** y cofinanciadas al **85% por la Unión Europea** mediante el Programa FEDER 2021-2027.