Resolución de 12 de agosto de 2025, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internalización de las pymes en Andalucía MINIMIS GRAL
AGENCIA EMPRESARIAL PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO
Importe total: 10.350.000 €
Apertura del plazo: 26 de agosto de 2025
Cierre del plazo: 30 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES, OTROS SERVICIOS, Silvicultura y explotación forestal, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Andalucía
Código BDNS: 851996
A quién va dirigida
Pymes (según el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014) y personas físicas que desarrollan actividad económica.
Asociaciones empresariales integradas mayoritariamente por pymes.
Requisitos
Disponer de establecimiento operativo en Andalucía.
Cumplir las condiciones establecidas en los apartados 3.1 y 4.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras (Orden de 10 de julio de 2025).
Qué se subvenciona
Actuaciones dirigidas al desarrollo del comercio exterior y a la internacionalización de las pymes en Andalucía.
Los gastos subvencionables admiten dos fórmulas de justificación:
Costes simplificados: aplicables a los gastos de viaje, alojamiento y manutención del personal de la empresa solicitante que ejecute la actuación.
Costes reales: aplicables al resto de los gastos subvencionables efectivamente realizados.
Cuantía
Crédito consignado para la convocatoria: 11.500.000 euros (distribuido en dos partidas de 11.000.000 euros y 500.000 euros; con un importe en registro BDNS de 10.350.000 euros).
Financiación: ayudas cofinanciadas al 85% por la Unión Europea mediante el Programa FEDER 2021-2027.
Sujetas al régimen de ayudas de minimis.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: desde el 26 de agosto de 2025 hasta las 14:00 horas del 30 de diciembre de 2026.
Procedimiento: concesión en régimen de concurrencia no competitiva.
Presentación: exclusivamente de forma telemática a través de la herramienta de tramitación en la dirección de Internet de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), asociada al código de procedimiento 2/CEHFE/25859.
Preguntas frecuentes
¿El procedimiento es por concurrencia competitiva?
No. La concesión de estas subvenciones se tramita en régimen de **concurrencia no competitiva**.
¿Cómo se justifican los gastos de desplazamiento y estancia?
Los gastos de viaje, alojamiento y manutención del personal que realice la actuación se justifican mediante el sistema de **costes simplificados** detallado en el Anexo III de la convocatoria. El resto de gastos subvencionables se justifica por costes reales.
¿A qué hora finaliza el plazo de solicitud el último día?
La convocatoria concluye exactamente a las **14:00 horas del 30 de diciembre de 2026**.