Decreto de 24 marzo 2025 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueba la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2025 y convocatoria anticipada para la anualidad 2026 del distrito de Usera.
DISTRITO DE USERA
Importe total: 168.020 €
Apertura del plazo: 01 de enero de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Otras actividades asociativas
Ámbito territorial: Madrid · Madrid
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 822579
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a las asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Usera y que estén inscritas en la Sección 1ª en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid.
Requisitos
Para poder optar a estas subvenciones, las entidades deben cumplir con los siguientes requisitos:
Estar inscritas en la Sección 1ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid.
Tener el domicilio social en el Distrito de Usera.
Cumplir los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales del Ayuntamiento de Madrid.
No haber obtenido una subvención nominativa en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2025 y 2026, ni subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias para la misma finalidad.
No solicitar financiación para gastos de funcionamiento asociados a locales o inmuebles que hayan sido cedidos gratuitamente por el Ayuntamiento de Madrid.
Qué se subvenciona
Se financian dos modalidades de actuación encaminadas a fortalecer el tejido asociativo y mejorar la cohesión social en los barrios:
1. Modalidad de Proyectos: Desarrollo de actividades que fortalezcan las relaciones entre asociados, capten nuevos socios y promuevan la implicación en la actividad municipal. No financia gastos de inversión. Cada entidad puede presentar un único proyecto, cuyo presupuesto total y cuantía solicitada no pueden superar los 5.000,00 euros.
2. Modalidad de Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios:
Gastos de funcionamiento o alquiler de la sede social u otros espacios ubicados en el municipio de Madrid donde se realice la actividad habitual (quedan excluidas las obras de cualquier clase).
Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento necesarios para el funcionamiento de la entidad.
Cuantía
El presupuesto total es de 170.000,00 euros para la convocatoria de 2025 y otros 170.000,00 euros para la convocatoria anticipada de 2026. En cada anualidad, el presupuesto se distribuye de la siguiente forma:
Modalidad de Proyectos: 100.000,00 euros (con un límite máximo de 5.000,00 euros por solicitud).
Modalidad de Gastos de funcionamiento de sedes: 70.000,00 euros, desglosados en:
Gastos de funcionamiento y alquiler de sedes: 40.000,00 euros (límite máximo de 5.000,00 euros en conjunto por solicitud).
Adquisición de mobiliario y equipamiento: 30.000,00 euros (límite máximo de 2.000,00 euros por solicitud).
Plazo y cómo solicitarla
La tramitación se realiza en régimen de concurrencia competitiva utilizando los modelos oficiales de solicitud:
Plazo de solicitud para 2025: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Plazo de solicitud para la convocatoria anticipada 2026: Del 3 de noviembre al 24 de noviembre de 2025.
Documentación obligatoria a presentar junto a la solicitud:
Para la modalidad de proyectos: Anexo I (Memoria explicativa del proyecto).
Para la modalidad de gastos de mantenimiento de sedes: Anexo II cumplimentado.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si la sede de mi asociación ha sido cedida gratis por el Ayuntamiento?
No. No se pueden imputar gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios cuando correspondan a locales o inmuebles cedidos gratuitamente por el Ayuntamiento de Madrid.
¿Se pueden financiar obras de reforma en el local de la asociación?
No. En la modalidad de gastos de funcionamiento de sedes quedan expresamente excluidos los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes u otros espacios.
¿Es compatible esta subvención con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones públicas o privadas para la misma finalidad, siempre que no se supere el coste de la actividad. Sin embargo, es incompatible con subvenciones nominativas del Ayuntamiento de Madrid para **2025** y **2026** o con ayudas del **Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias** para el mismo fin.