Convocatoria para la concesión de ayudas económicas para gastos directamente derivados del nacimiento o adopción (Cheque Bebe) para los nacidos en los años 2023, 2024 y 2025, en régimen de concurrencia competitiva
AYUNTAMIENTO DE TAVERNES BLANQUES
Importe total: 194.000 €
Apertura del plazo: 13 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 19 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR
Ámbito territorial: C. Valenciana · Valencia / València
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934757
A quién va dirigida
A los/las progenitores/as o adoptantes de niños/as nacidos en los años 2023, 2024 y 2025, que sean vecinos y vecinas del municipio de Tavernes Blanques.
Requisitos
El/la menor debe estar empadronado/a en Tavernes Blanques a fecha de 31 de diciembre del año de su nacimiento y convivir con el/la solicitante.
El/la solicitante (progenitor/a o adoptante) debe tener una antigüedad de 6 meses de empadronamiento en el municipio en el momento del nacimiento o al inicio de la convivencia por adopción.
Ser español/a, ciudadano de un país de la Unión Europea, o extranjero/a con residencia legal en España (cumpliendo las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000 en el caso de no comunitarios).
En parejas, el/la solicitante será el beneficiario/a y el/la otro/a progenitor/a deberá firmar la autorización en la solicitud como miembro de la unidad familiar.
En caso de separación, divorcio, nulidad o familias monoparentales, el beneficiario/a será quien conviva con los menores, acreditándolo documentalmente. En custodia compartida, uno de los progenitores deberá renunciar expresamente a favor del otro.
No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
No estar privado de la patria potestad ni que la tutela del menor esté asumida por una institución pública.
Qué se subvenciona
Los gastos directamente derivados del nacimiento o adopción del bebé. Estos gastos deben realizarse necesariamente en los comercios adheridos a la campaña "Cheque bebé" con domicilio social en el término de Tavernes Blanques, en el plazo de 3 meses desde la recepción de la subvención, para promover el comercio local de proximidad.
Cuantía
La cuantía individual máxima de la ayuda es de 1.000 € por cada hijo/a nacido/a o adoptado/a, mediante un pago único. Está condicionada a la disponibilidad presupuestaria, sobre un importe total de 194.000 €.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes es desde el 13 de octubre de 2026 hasta el 19 de noviembre de 2026 (correspondiente a los 20 días hábiles desde su publicación).
Se debe presentar la siguiente documentación general:
Solicitud firmada (Anexo I), con la firma del otro progenitor si aplica.
Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del solicitante.
Certificado de nacimiento o adopción, libro de familia completo, certificado de matrimonio o alta en el registro de parejas de hecho.
Declaración responsable (Anexo II).
Si aplica: sentencia o demanda de separación, divorcio, nulidad, convenio regulador o documento de renuncia en custodias compartidas.
El empadronamiento de los miembros de la familia se comprobará de oficio por el Ayuntamiento.
Obligaciones
Gastar la ayuda únicamente en los comercios locales adheridos utilizando la tarjeta bancaria que se entregará para el pago.
Presentar obligatoriamente una cuenta justificativa del gasto realizado a través de procedimiento electrónico, en el plazo máximo de un mes desde que finalice el plazo para realizar la actividad (los 3 meses de uso de la tarjeta).
Aportar las facturas o documentos equivalentes y sus correspondientes justificantes de pago o transacción bancaria.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se recibe el dinero de la ayuda?
El abono de la subvención se realiza mediante la entrega de una **tarjeta bancaria** específica, que solo se podrá utilizar en los comercios locales de Tavernes Blanques adheridos a la campaña.
¿Qué plazo tengo para gastar el dinero y cómo lo justifico?
Debe gastar el dinero en un plazo de **3 meses** desde que reciba la subvención. Después, tiene un plazo máximo de **un mes** para presentar las facturas y los justificantes bancarios de los pagos de forma electrónica.
¿Se comprueba el padrón automáticamente?
Sí, el empadronamiento del solicitante y de los miembros de la unidad familiar será comprobado de oficio por el Departamento Gestor del Ayuntamiento.