CONVOCATORIA DEL RÉGIMEN DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN EN LOCALES COMERCIALES Y DE SERVICIOS EN MELILLA.AÑO 2026
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO
Importe total: 750.000 €
Apertura del plazo: 14 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 10 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, HOSTELERÍA, OTROS SERVICIOS, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Melilla
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934240
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a pequeñas y medianas empresas (PYME) y personas físicas (autónomos) que desarrollen una actividad económica y que mejoren o modernicen sus locales abiertos al público en la Ciudad Autónoma de Melilla.
Para poder ser beneficiario, se deben cumplir las siguientes condiciones:
Estar constituido (alta en IAE, régimen especial de trabajadores autónomos o mutualidad) con al menos 12 meses de anterioridad a la publicación de la convocatoria.
Tener el domicilio fiscal en Melilla.
Contar con un local abierto al público en el ámbito territorial de aplicación que disponga de todas las licencias y autorizaciones necesarias.
Emplear a menos de 250 personas.
Tener un volumen de negocio anual que no exceda de 50 millones de euros o un balance general anual que no supere los 43 millones de euros.
No podrán optar a la ayuda las empresas que tengan concedidas subvenciones anteriores pendientes de justificación.
Requisitos
Los proyectos de inversión deben cumplir con los siguientes requisitos:
Tener viabilidad técnica, económica y financiera.
Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Tratarse de activos fijos materiales nuevos. En el caso de obras, deben suponer una mejora en la calidad del servicio o un incremento del valor de la empresa.
El proyecto de inversión debe ejecutarse desde el 1 de enero de 2026 (año de la convocatoria).
Las inversiones deben guardar relación directa con el centro de trabajo o la gestión del beneficiario.
Qué se subvenciona
Se subvencionan los activos fijos materiales nuevos y las obras de reforma o acondicionamiento que supongan una mejora. Se aplican las siguientes condiciones y exclusiones:
Inversión máxima subvencionable: El límite de presupuesto de inversión presentado es de 14.000,00 euros.
Condición para obras y reformas: En inversiones de obra civil, reforma, acondicionamiento de local, instalaciones eléctricas, climatización o iluminación, no se subvencionarán materiales que no vayan acompañados de su correspondiente mano de obra de instalación, ni viceversa (debe presentarse factura de ambos conceptos conjuntamente).
Dispositivos portátiles: Quedan excluidos los teléfonos móviles y tablets, salvo que lleven un software específico de la actividad, estén vinculados o sean complementarios a las inversiones de la sociedad y cumplan una función en el proceso productivo (debe detallarse en la memoria).
Exclusiones expresas: Bienes inmuebles, bienes de segunda mano, elementos de transporte, estudios previos, trabajos de planificación, ingeniería, dirección facultativa, trabajos propios de la empresa y bienes bajo arrendamiento financiero. Tampoco se subvenciona la sustitución de elementos que ya hayan sido subvencionados en los 4 años anteriores.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 750.000,00 euros. El porcentaje de la ayuda varía según el tamaño de la plantilla:
75% de la inversión elegible para empresas de entre 0 y 3 trabajadores.
60% de la inversión elegible para empresas de más de 3 trabajadores.
La cuantía máxima que se puede conceder por proyecto de inversión es de 10.000,00 euros.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (con fechas previstas de apertura el 14 de octubre de 2026 y cierre el 10 de noviembre de 2026).
La tramitación debe realizarse exclusivamente de forma electrónica a través de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla. Es necesario disponer de DNI electrónico o certificado electrónico compatible. El modelo de solicitud se puede descargar en el enlace oficial de Proyecto Melilla, SAU (Promesa).
Preguntas frecuentes
¿Cuántas solicitudes puede presentar una misma empresa?
Se pueden presentar como máximo **dos solicitudes** por empresa en esta convocatoria. Deben referirse a locales distintos, con ubicaciones diferentes, que tengan licencias de apertura diferenciadas y que no sean una continuidad de un local ya existente.
¿Se pueden presentar facturas de materiales de obra sin incluir la mano de obra?
No. En obras, reformas o instalaciones eléctricas y de climatización, no se admiten presupuestos o facturas de materiales si no se aporta también el presupuesto o factura de la mano de obra asociada, y viceversa.
¿Se admiten inversiones que superen el límite máximo de la convocatoria?
Si se supera el límite de inversión subvencionable de **14.000,00 euros**, el solicitante debe indicar qué partidas concretas considera como inversión subvencionable para excluir el resto. Si no lo indica, la administración seleccionará las inversiones por orden de capítulos hasta completar el límite establecido.