CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DEL RÉGIMEN DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y AUTOEMPLEO EN MELILLA. AÑO 2026
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO
Importe total: 530.000 €
Apertura del plazo: 14 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 24 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, HOSTELERÍA, OTROS SERVICIOS, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Melilla
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934154
A quién va dirigida
Esta convocatoria va dirigida a cualquier PYME (cualquiera que sea su forma jurídica), personas físicas que desarrollan actividad económica, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica que carezca de personalidad jurídica, siempre que:
Ejerzan una actividad económica y empresarial en la Ciudad Autónoma de Melilla.
Cumplan con el cómputo de efectivos y límites de empresas asociadas o vinculadas según el Reglamento (UE) Nº 651/2014.
Qué se subvenciona
El proyecto subvencionable es:
La contratación indefinida de trabajadores por cuenta ajena.
La generación de trabajadores por cuenta propia (autoempleo).
Se prioriza la inserción laboral de colectivos vulnerables con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo: parados de larga duración, grupos desfavorecidos y jóvenes beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil. El proyecto exige el mantenimiento del empleo por cuenta ajena y el autoempleo por un periodo mínimo de 2 años.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 530.000,00 euros, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus (85%) y la Ciudad Autónoma de Melilla (15%). Las ayudas se calculan mediante costes unitarios simplificados:
Ayudas al empleo (cuenta ajena): Presupuesto de 344.500,00 €. La cuantía máxima por trabajador a jornada completa es de 14.652,00 euros (basado en el SMI de 2026 de 1.221,00 euros al mes por 12 meses). En contratos a jornada parcial o fijos discontinuos, la ayuda se reducirá de forma proporcional. El importe no podrá superar el coste laboral real del trabajador durante dos años.
Ayudas al autoempleo (cuenta propia): Presupuesto de 185.500,00 €.
Para el colectivo priorizado (vulnerables, jóvenes de garantía juvenil, parados de larga duración): 16.397,92 euros.
Para el resto de colectivos no priorizados: 15.898,00 euros (se aplica una minoración de 41,66 euros mensuales durante 12 meses).
Límites máximos por beneficiario:
No puede exceder de la mitad del presupuesto establecido para la convocatoria.
Para autoempleo, hay un límite de tres empleos por cuenta propia para una misma empresa.
El límite establecido en el Reglamento de ayudas de minimis (Reglamento UE 2023/2831).
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 2026-10-14 y finaliza el 2026-11-24.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si contrato a un trabajador a tiempo parcial?
La cuantía máxima de **14.652,00 euros** está fijada para jornadas completas. En caso de jornada parcial, la ayuda se reducirá de forma proporcional a la jornada de trabajo efectiva.
¿Cuántos autónomos se pueden subvencionar bajo una misma empresa?
Si coexisten varias personas subvencionables como trabajadores por cuenta propia en la misma unidad económica, se establece un límite máximo de **tres empleos por cuenta propia** para una misma empresa.
¿Bajo qué régimen europeo se conceden estas ayudas?
Estas subvenciones se acogen al régimen de ayudas de **minimis**, regulado por el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.