CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE INVERSION EN LA CIUDAD DE MELILLA – AYUDAS INVERSION -. AÑO 2026
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y FOMENTO
Importe total: 600.000 €
Apertura del plazo: 14 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 10 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, HOSTELERÍA, OTROS SERVICIOS, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: Melilla
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934137
A quién va dirigida
Esta ayuda va dirigida a las PYME (incluidas aquellas con personalidad jurídica propia y entidades sin ella, como Comunidades de Bienes o agrupaciones) y personas físicas que desarrollan actividad económica dentro del ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Quedan excluidas las empresas que:
Pertenezcan a los sectores excluidos de los Reglamentos comunitarios aplicables.
Sean representativas del sector de la construcción, incluidas la promoción y edificación (CNAE-93).
Presten la mayor parte de sus servicios a las Administraciones públicas (aquellas cuyos ingresos provengan en más de un 75% de contratos, licitaciones o concesiones públicas).
Estén consideradas como empresas en crisis.
Tengan concedidas subvenciones anteriores que estén pendientes de justificación.
Requisitos
Efecto incentivador: La solicitud de ayuda debe presentarse antes del inicio de los trabajos del proyecto. Se debe aportar una declaración de no inicio de inversiones, fotografías del estado previo del establecimiento y del lugar de las inversiones.
Viabilidad: El proyecto debe contar con viabilidad técnica, económica y financiera, justificada mediante una memoria con un estudio económico-financiero que incluya el VAN y TIR del proyecto.
Cofinanciación: El beneficiario debe realizar una contribución financiera mínima del 25% de los costes subvencionables mediante recursos propios o financiación externa, libre de toda ayuda pública.
Medioambiente: Los proyectos deben respetar el principio de "no causar un perjuicio significativo" (DNSH).
Qué se subvenciona
Se subvencionan proyectos de inversión en activos materiales o inmateriales que correspondan a:
Creación de nuevas empresas: Constitución e inicio de una actividad empresarial que requiera inversión para un nuevo establecimiento.
Ampliación (diversificación): Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, diversificación de la producción hacia nuevos productos o transformación fundamental del proceso de producción. Para esta modalidad, la empresa debe estar de alta en el IAE al menos un año antes de la presentación de la solicitud.
*Nota oficial: En esta convocatoria extraordinaria se excluye explícitamente la generación de empleo estable y sus gastos asociados como concepto subvencionable.*
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 600.000,00 euros, cofinanciado al 85% por el Programa FEDER para Melilla 2021-2027.
La ayuda consistirá en una subvención de capital con los siguientes límites:
Un máximo de hasta el 50% de la inversión subvencionable.
Ningún proyecto podrá recibir una subvención superior a la mitad del presupuesto establecido para la convocatoria (máximo de 300.000,00 euros por proyecto).
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 14 de octubre de 2026 y finaliza el 10 de noviembre de 2026. El plazo concreto es de 20 días hábiles.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si ya he empezado a comprar la maquinaria o a hacer la reforma?
No. Para poder optar a la ayuda es obligatorio presentar la solicitud y la declaración de no inicio **antes** de comenzar cualquier trabajo o inversión. Si las labores se inician antes de este trámite, la solicitud será denegada.
¿Se ayuda económicamente a las empresas si contratan personal en esta convocatoria?
No. En esta convocatoria extraordinaria se excluye expresamente la generación de empleo estable y su gasto subvencionable, ya que el objetivo exclusivo es afianzar y modernizar a las empresas a través de la inversión en activos.
¿Qué porcentaje del proyecto tengo que pagar obligatoriamente de mi propio bolsillo?
El beneficiario tiene que aportar de forma obligatoria al menos el **25%** del coste subvencionable del proyecto con recursos propios o financiación externa, y esta parte no puede contar con ningún tipo de ayuda pública.