AYUNTAMIENTO DE PATERNA
Esta ayuda está dirigida a personas autónomas, empresas individuales (personas físicas) y micropymes (personas jurídicas con menos de 10 trabajadores/as) de nueva creación.
Se subvenciona la creación de actividad empresarial independiente en Paterna a través de ayudas a fondo perdido, bajo la denominación de "Cheque Emprendedor/a", destinadas a apoyar la puesta en marcha del negocio.
El presupuesto inicial de la convocatoria es de 80.000,00 € (ampliable hasta un máximo de 160.000,00 €).
La cuantía individualizada de la subvención por beneficiario/a en concepto de apoyo inicial se determina según el artículo 5 de las bases reguladoras, contemplando ayudas superiores para colectivos con mayores dificultades de inserción laboral o que se encontraran en situación de desempleo antes del inicio de la actividad.
Los beneficiarios deben cumplir, entre otras, con la obligación de realizar la actividad subvencionada durante un mínimo de 12 meses, manteniendo asimismo el alta en el RETA de la persona que fundamentó la concesión de la ayuda.
Debes realizar la actividad objeto de la subvención durante un **mínimo de 12 meses**, manteniendo además el alta en el RETA de la persona que motivó la concesión.
El plazo máximo para emitir y notificar la propuesta de resolución es de **3 meses** desde el día siguiente a la entrada de la solicitud. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio administrativo.
Sí, en el caso de actividades que se ejerzan fuera de un local o establecimiento determinado, es requisito imprescindible que tu **domicilio fiscal esté en el término municipal de Paterna**.
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