Subvenciones para la realización del informe de evaluación del edificio de uso residencial de vivienda en la Comunitat Valenciana (IEEV.CV)
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE VIVIENDA
Importe total: 980.000 €
Apertura del plazo: 06 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 07 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: CONSTRUCCIÓN
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 930830
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida a personas físicas que no desarrollan actividad económica y a entidades sin personalidad jurídica, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
Qué se subvenciona
Se financian los gastos de honorarios profesionales para la elaboración del Informe de Evaluación del Edificio de uso residencial de vivienda en la Comunitat Valenciana (IEEV.CV).
De forma adicional y voluntaria, también se financian los gastos de honorarios profesionales por la redacción de un anexo que incluya un estudio de potencial de mejora del edificio en materia de seguridad en caso de incendio. La presentación de este anexo es opcional y no es obligatoria para obtener la subvención del informe principal.
Cuantía
El importe total inicial destinado a estas ayudas es de 980.000,00 euros.
Este presupuesto se podrá aumentar con una cuantía adicional de hasta 5.000.000,00 de euros en caso de producirse un incremento del crédito presupuestario disponible.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (con fechas de apertura el 2026-10-06 y cierre el 2026-12-07).
Las solicitudes deben presentarse de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras. Una vez que se agoten los fondos destinados a la convocatoria, no se admitirán a trámite más solicitudes. El incumplimiento del plazo establecido conllevará la exclusión automática.
Criterios de valoración
El procedimiento de concesión es de concurrencia competitiva. El único criterio para otorgar la subvención y determinar el orden de prelación de los beneficiarios es el orden de presentación de las solicitudes completas, con toda la documentación exigida.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio presentar el estudio de mejora de seguridad contra incendios para recibir la ayuda?
No, la presentación del anexo con el estudio de potencial de mejora en materia de seguridad en caso de incendio es **voluntaria** y no constituye un requisito indispensable para obtener la subvención de la redacción del IEEV.CV.
¿Cómo se seleccionará a los beneficiarios si hay muchas solicitudes?
Se seleccionarán por estricto **orden de presentación** de las solicitudes que estén completas y aporten toda la documentación exigida, hasta que se agoten los fondos disponibles.
¿Qué pasa si presento la solicitud fuera de plazo?
El incumplimiento del plazo de presentación de la solicitud determinará **automáticamente la exclusión** de la convocatoria.