Subvenciones dirigidas a empresas con trabajadores afectados por expedientes temporales de regulación de empleo (incendios verano 2026). Minimis general

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a empresas privadas de Castilla y León que tengan la condición de:

Para poder optar a ella, deben contar con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada en centros de trabajo ubicados en municipios y localidades de Castilla y León.

Requisitos

Qué se subvenciona

El objeto de la ayuda es asegurar el mantenimiento del empleo en los centros de trabajo afectados. Se subvenciona el importe de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, que hayan sido liquidadas y pagadas por la empresa, correspondientes a los centros de trabajo para los que se solicita la ayuda.

Estas cuotas deben cumplir las siguientes condiciones:

Cuantía

La ayuda se concede en régimen de concesión directa. La cuantía máxima subvencionable es de hasta un límite de 5.000 euros por beneficiario. El presupuesto total asignado a esta convocatoria es de 80.000 EUR.

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación de solicitudes comienza el primer día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y finaliza el 6 de noviembre de 2026.

La tramitación se realiza a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) o consultando el código de convocatoria 928357 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite máximo de dinero que puedo recibir?

El importe máximo de la subvención es de **5.000 euros por beneficiario**, destinado a cubrir las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes que no hayan sido exoneradas.

¿Es necesario que el ERTE cuente con el acuerdo de los trabajadores?

Sí, es un requisito imprescindible que los expedientes de regulación de empleo de suspensión o reducción de jornada se hayan aprobado **con acuerdo con los representantes de los trabajadores**.

¿Qué tipo de empresas pueden solicitar esta ayuda?

Pueden solicitarla las pymes, personas físicas (autónomos), personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, siempre que tengan **ánimo de lucro** y desarrollen su actividad económica con trabajadores afectados en centros de Castilla y León.

Convocatoria oficial

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