AYUDAS PARA PYMES COMERCIALES, DE SERVICIOS Y ARTESANAS AFECTADAS INCENDIOS
CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
Importe total: 3.000.000 €
Apertura del plazo: 07 de septiembre de 2026
Cierre del plazo: 09 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Intermediarios del comercio al por mayor
Ámbito territorial: Madrid
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 928115
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a las pequeñas y medianas empresas (pymes) constituidas como personas jurídicas, así como a las comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica que desarrollen una actividad económica.
Requisitos
Para poder optar a la subvención, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Tener la condición de pyme y ocupar a menos de 250 trabajadores.
Desarrollar la actividad económica en alguno de los municipios afectados incluidos en el ámbito territorial de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid (según el Anexo de las normas reguladoras).
Haber iniciado la actividad con anterioridad al 23 de julio de 2026.
Haber sufrido daños, perjuicios, interrupciones, restricciones o afecciones directas o indirectas en la actividad económica debido a los incendios forestales o a las medidas para su extinción, control, protección civil, seguridad o recuperación. El importe estimado de estos daños debe ser al menos equivalente a la ayuda solicitada.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, la Comunidad de Madrid y la Seguridad Social.
No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Qué se subvenciona
El objeto es la concesión de ayudas de emergencia para paliar los daños y afecciones sufridos en la actividad económica como consecuencia de los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid declarados de interés nacional el 23 de julio de 2026.
Al tratarse de ayudas a tanto alzado, la justificación se entiende cumplida mediante la acreditación de los requisitos exigidos junto con la presentación de la solicitud.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 6.000.000 de euros (repartido al 50% entre el programa de Comercio y el de Competitividad).
La ayuda consiste en un pago único por beneficiario:
Un importe general de 10.000 euros.
Hasta 15.000 euros si la empresa no ha podido reanudar su actividad económica en la fecha de presentación de la solicitud debido a daños graves en el establecimiento.
Cada solicitante solo podrá recibir una única ayuda, independientemente del número de locales o centros afectados que tenga.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes es de dos meses, que comienzan a contar desde el 7 de septiembre de 2026 y finaliza el 9 de noviembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si tengo varios locales afectados por los incendios?
Solo se podrá obtener **una única ayuda por solicitante**, con total independencia del número de establecimientos, locales o centros de actividad que hayan resultado afectados.
¿Cómo se justifica el dinero de la ayuda?
La justificación se entiende cumplida con la **documentación aportada junto a la solicitud** que acredita el cumplimiento de todos los requisitos exigidos, sin perjuicio de los controles posteriores que realice la administración.
¿Puedo pedir la ayuda si soy una comunidad de bienes?
**Sí**, las comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica que realicen una actividad económica pueden ser beneficiarias siempre que cumplan con el resto de requisitos de la convocatoria.