RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión de ayudas extraordinarias destinadas a paliar la situación de necesidad derivada de la pérdida tempo

CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN

A quién va dirigida

Estas ayudas van dirigidas a personas de origen gallego que residan en Venezuela y que, debido a los terremotos ocurridos el 24 de junio de 2026, se encuentren en una situación de necesidad por haber perdido de forma temporal o definitiva las condiciones de habitabilidad de su vivienda habitual.

Específicamente, se dirige a:

Requisitos

Qué se subvenciona

Se subvenciona la paliación de la situación de necesidad derivada de la pérdida temporal o definitiva de las condiciones de habitabilidad de la residencia habitual, provocada por los terremotos del 24 de junio de 2026 en Venezuela.

Cuantía

Plazo y cómo solicitarla

Preguntas frecuentes

¿Pueden solicitar la ayuda varios miembros que conviven en la misma casa?

No. Únicamente se podrá presentar **una solicitud por vivienda afectada**.

¿Qué nacionalidad y vinculación administrativa deben tener los descendientes para optar a la ayuda?

Deben tener la **nacionalidad española** y estar vinculados con cualquier ayuntamiento gallego en el Padrón de españoles residentes en el exterior (**PERE**).

¿Cómo se otorgan estas ayudas?

Se conceden bajo el régimen de **concurrencia no competitiva**.

Convocatoria oficial

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