Ayudas económicas individuales y familiares municipales para paliar situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad (Convocatoria 2026)
AYUNTAMIENTO DE AZPEITIA
Importe total: 168.000 €
Apertura del plazo: 03 de junio de 2026
Cierre del plazo: 01 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: OTROS SERVICIOS
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 910362
A quién va dirigida
Estas ayudas están dirigidas a personas físicas que no desarrollan actividad económica, a nivel individual o familiar, que residan en el municipio de Azpeitia y carezcan de los recursos personales, sociales o económicos suficientes, encontrándose en situaciones de exclusión social y/o extrema necesidad.
Qué se subvenciona
Se subvencionan los gastos asociados a necesidades surgidas a partir del 1 de diciembre de 2025 dentro de las siguientes modalidades:
Prestaciones municipales de vivienda (Gastos básicos):
Alquiler de vivienda entera, coarrendamiento, subarriendo, hospedaje, pupilaje, alquiler de habitación o estancia en hotel/pensión.
Amortización de créditos hipotecarios formalizados con anterioridad a la solicitud de RGI y/o AES para la adquisición de la vivienda habitual.
Gastos de mantenimiento de la vivienda (agua, IBI, basuras, comunidad, etc.).
Gastos extraordinarios de vivienda:
Gastos asociados a la entrada en una vivienda o habitación (fianza, gastos de agencia y, excepcionalmente, el primer mes).
Ayudas de emergencia para la evitación de desahucios.
Adaptación, reparación de necesidades básicas y obras de mejora en la comunidad de propietarios (previo paso por el departamento de vivienda de Gobierno Vasco).
Adquisición de instalaciones, mobiliario de primera necesidad y electrodomésticos de línea blanca (fuegos/vitrocerámica, caldera mixta, calentador de agua, frigorífico, microondas, lavadora, calefacción, camas, colchones y armarios).
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 168.000 €. Las cuantías máximas por cada concepto son:
Alquiler de vivienda entera: Máximo de 300 € mensuales (sin superar el 70% del coste real).
Coarrendamiento, subarriendo, hospedaje, pupilaje o habitación: Máximo de 150 € mensuales (sin superar el 80% del coste real).
Estancia en hotel o pensión: Máximo de 300 € mensuales (sin superar el 80% del coste real).
Amortización de crédito: Máximo de 300 € mensuales (sin superar el 70% del coste real).
Gastos de mantenimiento: Con carácter general hasta 900 €. De forma excepcional, se incrementará en 900 € más para mayores de 65 años, personas con discapacidad igual o superior al 65% (o con más de dos miembros en la unidad familiar con discapacidad igual o superior al 33%) o personas que acudan a un centro de inserción socio-laboral.
Entrada a vivienda entera (fianza): Máximo de 1.850 € (sin superar el 70% del gasto).
Entrada a coarriendo, subarriendo o habitación (fianza): Máximo de 900 € (sin superar el 70% del gasto).
Evitación de desahucios: Máximo de 1.200 € (ampliable bajo informe social si hay menores, mayores o víctimas de violencia de género).
Adaptación y/o reparación de vivienda: Máximo de 1.850 €.
Obras de mejora en comunidades de propietarios: Hasta el 75% del gasto, con un máximo de 1.850 €.
Mobiliario y electrodomésticos de primera necesidad: Máximo anual de 1.850 € por unidad de convivencia. Los límites unitarios máximos son:
Caldera mixta: 725 €
Colchón doble: 450 €
Frigorífico: 400 €
Lavadora: 375 €
Calentador de agua: 325 €
Colchón individual: 325 €
Fuegos/vitrocerámica: 275 €
Calefacción: 225 €
Cama doble: 225 €
Cama individual: 125 €
Microondas: 100 €
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Se abre el 3 de junio de 2026 y finaliza el 1 de diciembre de 2026 (o antes, si se agota el presupuesto asignado).
Lugar de presentación: Se debe cumplimentar el modelo oficial en las oficinas de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Azpeitia (Matxinada Kalea 1766, 2,3 zenbakia behea 20.730 Azpeitia) o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
Resolución: El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses desde la presentación de la solicitud.
Obligaciones
Justificación: El plazo máximo para presentar las facturas y justificantes de los gastos realizados es de un mes a partir de la percepción de la ayuda.
Devolución: El carácter finalista de las prestaciones obliga a aportar las facturas correspondientes o, en su defecto, a reintegrar el dinero recibido.
Viabilidad posterior: En las ayudas por alquiler o desahucio, el beneficiario debe garantizar la viabilidad del pago posterior de la vivienda con sus propios ingresos o prestaciones.
Preguntas frecuentes
¿Con qué frecuencia se pueden solicitar las ayudas para fianzas, desahucios o electrodomésticos?
No se podrán tramitar ayudas por el mismo concepto a un mismo solicitante en un período mínimo de **5 años**, salvo que la trabajadora social realice una propuesta excepcional debidamente justificada.
¿Qué se requiere para solicitar la ayuda de obras de mejora en una comunidad de propietarios?
Es obligatorio solicitar previamente la subvención de ayuda económica en el departamento de vivienda del Gobierno Vasco y aportar su resolución. También se debe presentar el acta de la reunión de copropietarios o un documento firmado por el administrador donde conste el importe del gasto a pagar y la forma de pago.
¿Cuántas unidades de convivencia pueden acceder a la prestación de vivienda por el mismo inmueble?
El número máximo de unidades de convivencia que pueden acceder es de **2**. Si existe una relación de parentesco hasta el **2º grado** entre sus miembros, únicamente se concederá una prestación para gastos de alquiler o hipoteca.