AYUNTAMIENTO DE GETARIA
Esta convocatoria está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, concretamente a particulares y familias que se encuentren en situaciones de extrema necesidad y/o exclusión social en el municipio de Getaria.
Para acceder a estas ayudas se deben cumplir las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 2 y 3 de la ordenanza reguladora de la concesión de ayudas a particulares y familias para paliar situaciones de extrema necesidad y/o exclusión social de Getaria, publicada el 13 de julio de 2023.
En el caso de recibir otras ayudas para el mismo fin, el importe total acumulado no podrá superar el coste de la actividad subvencionada. Si esto ocurre, se reducirá el importe de esta ayuda para no superar dicho límite.
Se subvencionan los gastos realizados entre enero y diciembre del ejercicio 2026 destinados a paliar situaciones de extrema necesidad y/o exclusión social, de acuerdo con los conceptos previstos en la ordenanza reguladora.
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 10.000,00 euros. La cuantía individual de cada subvención se calculará según lo indicado en el artículo 13 de la ordenanza.
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 5 de febrero de 2026 y finaliza el 30 de noviembre de 2026, ambos inclusive. Si es necesario subsanar documentación, se dispondrá de un plazo de 10 días hábiles.
No existe una instancia específica para esta convocatoria. Se puede solicitar mediante una "Solicitud General" a través de las siguientes vías:
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de **tres meses** a contar desde la fecha de la solicitud. Si transcurrido ese plazo no hay resolución expresa, la solicitud se entenderá **desestimada**.
El pago se realizará una vez que se haya **justificado toda la documentación** correspondiente a los gastos realizados entre **enero y diciembre de 2026**.
Se puede interponer directamente un **recurso contencioso-administrativo** ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Donostia-San Sebastián en el plazo de **dos meses**. De forma opcional y previa, se puede presentar un **recurso potestativo de reposición** en el plazo de **un mes**.
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