Ayudas económicas 2026 para hijos/as en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de genero convocadas mediante Resolución de 12 de diciembre de 2025 de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
SECRETARÍA GENERAL DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN
Importe total: 50.000 €
Apertura del plazo: 19 de diciembre de 2025
Cierre del plazo: 15 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades de los hogares como productores de servicios para uso propio
Ámbito territorial: Extremadura
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 876802
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a las hijas e hijos huérfanos como consecuencia de homicidio o asesinato de su madre por violencia de género. Pueden beneficiarse:
Menores de edad.
Jóvenes de entre 18 y 25 años, siempre que estén cursando formación reglada.
Requisitos
Para acceder a la ayuda, las personas beneficiarias deben cumplir y mantener durante toda la anualidad los siguientes requisitos:
Encontrarse en la situación de orfandad descrita por violencia de género.
Acreditar la condición política de extremeña o extremeño mediante su vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Extremadura.
Cumplir los requisitos en el momento de presentar la solicitud.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la reparación del daño ocasionado por la pérdida de la madre, con el objetivo de garantizar la cobertura de las necesidades básicas materiales de las hijas e hijos huérfanos ante su situación de especial vulnerabilidad.
Cuantía
La ayuda consiste en un pago único de 5.400 € por persona beneficiaria para la convocatoria 2026 (equivalente al 75% del IPREM anual en 12 pagas). Cada beneficiario podrá recibir esta ayuda una sola vez dentro de la convocatoria. El presupuesto total destinado a estas ayudas es de 50.000,00 euros.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Se inicia el 19 de diciembre de 2025 y permanece abierto hasta el 15 de noviembre de 2026.
Cómo solicitarla: Los formularios de solicitud están disponibles en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es). El abono se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria reconocida en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura una vez notificada la resolución de concesión.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se realiza el pago de la ayuda?
Se abonará mediante un pago único por el **100% del importe** (los **5.400 €**) tras notificarse la resolución de concesión, a través de transferencia bancaria.
¿Puedo solicitar la ayuda si ya soy mayor de edad?
Sí, siempre que tengas menos de **25 años** y te encuentres cursando formación reglada.
¿Qué administración financia estas ayudas?
Están financiadas al **100% por el Ministerio de Igualdad**, en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, y se gestionan a través de la Comunidad Autónoma de Extremadura.