Resolución de 9 de diciembre de 2025 del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que convocan y se da publicidad a los créditos que han de financiar las ayudas a hijas e hijos en situación de orfandad como consecuencia de la violencia de géner
INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
Importe total: 375.000 €
Apertura del plazo: 01 de enero de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN
Ámbito territorial: Castilla-La Mancha
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 874926
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a:
Hijas e hijos en situación de orfandad debido al homicidio o asesinato de sus madres como consecuencia de la violencia de género.
Familiares en situación de dependencia de la mujer víctima mortal como consecuencia de la violencia de género, que conviviesen en el mismo domicilio que ella.
La solicitud la puede realizar la propia persona interesada si es mayor de edad, su representante legal (en el caso de menores de edad, salvo que sea el progenitor causante de la muerte, o en el caso de dependientes) o quien ostente su guarda de hecho.
Qué se subvenciona
Se financian dos modalidades de ayudas económicas directas:
Modalidad A: Ayuda económica directa a hijas e hijos en situación de orfandad por violencia de género.
Modalidad B: Ayuda económica directa, consistente en un pago único, a familiares en situación de dependencia que conviviesen en el mismo domicilio que la víctima.
Cuantía
El presupuesto total destinado a estas ayudas es de 375.000,00 euros, distribuido de la siguiente manera:
Para la modalidad de huérfanos (Modalidad A): Un total de 360.000,00 euros (330.000,00 euros para el ejercicio 2026 y 30.000,00 euros para el 2027).
Para la modalidad de familiares dependientes (Modalidad B): Un total de 15.000,00 euros (13.750,00 euros para el ejercicio 2026 y 1.250,00 euros para el 2027).
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Estará abierto durante todo el ejercicio presupuestario 2026 (desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026). La concesión está sujeta a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
Forma de presentación: Las solicitudes se dirigen al Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha y se pueden presentar por dos vías:
Preferentemente de forma telemática con firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
En cualquiera de los registros y medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Preguntas frecuentes
¿Puede el padre solicitar la ayuda en nombre de sus hijos menores si ha sido el causante de la muerte de la madre?
No, el progenitor causante de la muerte de la madre no puede solicitar la concesión ni la renovación de la ayuda en representación legal de los menores.
¿Qué requisito de convivencia se exige para la ayuda a familiares dependientes?
Los familiares en situación de dependencia deben haber convivido en el mismo domicilio que la mujer víctima de homicidio o asesinato como consecuencia de la violencia de género.
¿Cómo se deben aportar los documentos originales si se hace la solicitud por internet?
Si la solicitud se presenta de forma telemática, los documentos originales pueden ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.