Subv. 2026 a familias para servicios de cuidados de menores de 3 años como medida de fomento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, s/ RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2026, del Secretario General que convoca

SECRETARÍA GENERAL DE IGUALDAD Y CONCILIACIÓN

A quién va dirigida

Madres, padres o tutores legales de menores que reciban servicios de cuidado, así como personas que ejerzan funciones de guarda con fines de acogimiento, adopción o situación equivalente.

Solo podrá ostentar la condición de beneficiaria una persona por menor (quien acredite soportar los gastos). En casos de separación, divorcio o situaciones acreditadas con gastos compartidos, cada progenitor presentará una solicitud individual indicando la cuantía correspondiente a los gastos que asume.

Qué se subvenciona

Los servicios de cuidado de menores nacidos en 2024, 2025 y 2026 prestados por centros o establecimientos privados no autorizados por la Consejería de Educación y Formación Profesional.

El período subvencionable abarca desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2027.

Cuantía

La ayuda financia la cuota mensual abonada por la prestación del servicio, incluyendo los gastos de alimentación, sin superar el coste real:

La dotación presupuestaria total asciende a 5.868.000,00 euros, repartida en 2.934.000,00 euros para 2026 y 2.934.000,00 euros para 2027.

Plazo y cómo solicitarla

Se establecen dos plazos de presentación:

Las solicitudes pueden presentarse:

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de centros están cubiertos por esta subvención?

Cubre exclusivamente los servicios prestados por centros o establecimientos de carácter privado que **no cuenten con autorización** de la Consejería de Educación y Formación Profesional.

¿Incluye la ayuda los gastos de alimentación?

Sí, la cuota mensual subvencionable incluye el servicio de cuidado y la alimentación del menor, hasta el tope máximo fijado de **200,00 euros al mes**.

¿Cómo deben tramitar la ayuda los progenitores separados que comparten los costes?

Deben presentar dos solicitudes separadas (una cada uno), especificando de forma individual el importe exacto del gasto que asume cada parte.

Convocatoria oficial

Otras convocatorias abiertas parecidas

Más subvenciones de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación · Ayudas a familias en Extremadura · Ayudas para autónomos en Extremadura · Subvenciones en Extremadura

Guías relacionadas

Subv. 2026 a familias para servicios de cuidados de menores de 3 años como medida de fomento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, s/ RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2026, del Secretario General que convoca