ORDEN DE 6 JULIO 2026 DE LA CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA POR LA QUE SE APRUEBA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS LEADER FINANCIADAS POR LA INTERVENCIÓN 7119 PARA EJECUCIÓN DE PROYECTOS NO PROGRAMADOS EN EL MARCO DEL PEPAC DEL GAL INTEGRAL.
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Importe total: 2.004.079 €
Apertura del plazo: 07 de julio de 2026
Cierre del plazo: 10 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Ámbito territorial: Murcia
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 917542
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a diferentes perfiles según la línea de actuación del proyecto:
Líneas L.1, L.2 y L.3: Personas físicas o jurídicas de derecho privado, así como agrupaciones de personas sin personalidad jurídica (como Comunidades de Bienes) que no sean grandes empresas.
Líneas L.4.2 y L.5.1: Entidades públicas de carácter local de ámbito inferior al provincial, específicamente ayuntamientos y mancomunidades.
Líneas L.4.1, L.4.3 y L.5.2: Asociaciones, fundaciones, comunidades de regantes, consejos reguladores y otras entidades sin ánimo de lucro (incluidas sus uniones y federaciones).
Qué se subvenciona
Se financia la ejecución de proyectos no programados que promuevan el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, la inclusión social, el desarrollo local en zonas rurales y la bioeconomía circular.
Las inversiones deben ejecutarse obligatoriamente dentro del siguiente ámbito geográfico de la Región de Murcia:
Los municipios de Bullas, Calasparra, Caravaca de la Cruz, Cehegín y Moratalla.
Las Pedanías Altas y oeste de Lorca: Avilés, Béjar, Coy, Culebrilla, Doña Inés, Fontanares, Humbrías, Jarales, Nogalte, Ortillo, La Paca, Torrealvilla, La Tova, Zarcilla de Ramos, Zarzadilla de Totana y Zarzalico.
Cuantía
El importe global destinado a esta convocatoria es de 2.004.079,27 €, con una posible cuantía adicional máxima de 100.000 €.
La financiación de las ayudas se distribuye de la siguiente manera:
60% a cargo del Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Feader).
28% a cargo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
12% a cargo de la Administración General del Estado (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación).
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: El plazo es de cinco meses a contar desde el 7 de julio de 2026 (el día siguiente a la publicación de la convocatoria), finalizando el 10 de diciembre de 2026.
Vía de presentación: Se presentará exclusivamente de forma electrónica por el peticionario o su representante legal.
Dónde solicitarla: A través del formulario electrónico con código 4748 disponible en la Sede Electrónica de la CARM (https://sede.carm.es).
Obligaciones
Plazo de ejecución: Las operaciones subvencionadas deben ejecutarse antes del 16 de septiembre de la anualidad para la que se otorgó la ayuda.
Plazo de justificación: La presentación de la justificación y la solicitud de pago debe realizarse antes del 21 de septiembre de ese mismo año, de forma online a través del procedimiento 4748 en la Sede Electrónica de la CARM.
Preguntas frecuentes
¿Qué administraciones financian estas ayudas?
Están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (**Feader** con un **60%**), la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (**28%**) y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (**12%**).
¿Se pueden presentar solicitudes en papel?
No, las solicitudes deben presentarse **exclusivamente de forma electrónica** a través del formulario con **código 4748** en la Sede Electrónica de la CARM.
¿Cuál es el límite para justificar y pedir el pago de la ayuda?
La justificación y la solicitud de pago deben presentarse antes del **21 de septiembre** del año para el que se haya otorgado la ayuda.