Ayudas de compensaciones complementarias y ayudas para la reposición de los animales en explotaciones de determinadas especies ganaderas como consecuencia de la ejecución de programas oficiales de lucha, control y erradicación de enfermedades animales
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Importe total: 200.000 €
Apertura del plazo: 01 de septiembre de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 919307
A quién va dirigida
Estas ayudas van dirigidas a las personas físicas y jurídicas privadas, así como a las entidades sin personalidad jurídica, que sean titulares de explotaciones ganaderas en la Comunitat Valenciana de las siguientes categorías según la modalidad de la ayuda:
Para compensaciones complementarias por lucro cesante: Titulares de explotaciones bovinas, ovinas, caprinas y cunícolas en las que se obligase a un vacío sanitario por sospecha o confirmación de una enfermedad sometida a programa o actuación sanitaria oficial.
Para la compra de animales de reposición: Titulares de explotaciones bovina, ovina y caprina registradas en la Comunitat Valenciana que tengan por objeto la reposición de efectivos donde se ordenó el sacrificio de animales, o explotaciones cunícolas donde se autorizó el vacío sanitario para recuperar la calificación sanitaria tras el diagnóstico de una enfermedad oficial. También incluye los casos de muerte de animales en dichos marcos sanitarios oficiales, o por muerte/sacrificio debido a un programa oficial obligatorio de vacunación.
Estas ayudas se pueden aplicar también a empresas en crisis que cumplan con los requisitos específicos del artículo 26 del Reglamento (UE) 2022/2472, según su apartado 59 del artículo 2.
Qué se subvenciona
Se subvencionan dos líneas de actuación como consecuencia de la ejecución de programas oficiales de vigilancia, control y erradicación de enfermedades animales:
1. Compensaciones complementarias por lucro cesante debido a la obligación de realizar un vacío sanitario en la explotación.
2. Ayudas para la compra de animales de reposición para recuperar los efectivos perdidos por sacrificio obligatorio, muerte dentro de programas sanitarios oficiales o por consecuencias de vacunas oficiales obligatorias, así como por vacío sanitario autorizado en el caso de explotaciones cunícolas.
Cuantía
El presupuesto asignado se distribuye de la siguiente manera:
Importe global máximo para compensaciones complementarias por lucro cesante: 50.000,00 €.
Importe global máximo para la reposición de animales: 200.000,00 €.
Importe total de la convocatoria: 200.000,00 € (según el código BDNS 919307).
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finaliza el 31 de diciembre de 2026 (con fecha de apertura registrada el 1 de septiembre de 2026).
Preguntas frecuentes
¿Pueden solicitar la ayuda las empresas que se encuentren en crisis?
Sí, esta ayuda se podrá aplicar a las empresas en crisis, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el **artículo 26 del Reglamento (UE) 2022/2472**, de acuerdo con lo regulado en el **apartado 59 del artículo 2** de dicho reglamento.
¿Qué situaciones de pérdida de animales cubre la ayuda de reposición además del sacrificio obligatorio?
Además del sacrificio ordenado, cubre la muerte de animales dentro de los marcos sanitarios oficiales de vigilancia, control o erradicación, así como la muerte o sacrificio que ocurra como consecuencia de un programa oficial obligatorio de vacunación.
¿Qué normativa regula las bases de estas subvenciones?
Las bases reguladoras están establecidas en la **ORDEN 13/2024, de 28 de noviembre**, de la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca.