CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL
Esta ayuda está dirigida a pymes (personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica) que desarrollen una actividad económica y sean titulares de explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino registradas en Galicia.
No podrán beneficiarse las empresas que tengan la consideración de empresa en crisis (salvo que esta situación se deba a los daños causados por las enfermedades animales contempladas en la convocatoria) ni aquellas que tengan deudas por resolución de recuperación de ayudas de la Comisión Europea.
Se financian tres líneas de actuación debido a actuaciones sanitarias oficiales de vigilancia, lucha, control o erradicación de enfermedades:
1. Compensaciones por vacío sanitario (Procedimiento MR553A): Indemnización por el período de inactividad de la explotación tras ordenarse el vacío sanitario.
2. Compensaciones por postautorización a la reintroducción (Procedimiento MR553B): Indemnización complementaria por lucro cesante durante este período.
3. Ayudas a la reposición de animales (Procedimiento MR550A): Compra de nuevos animales de las especies bovina, ovina y caprina en explotaciones donde se ordenó el sacrificio obligatorio, o donde los animales murieron o fueron eutanasiados durante el manejo en actuaciones sanitarias oficiales.
El presupuesto total de la convocatoria es de 125.000 EUR. Las ayudas se conceden de forma excepcional por concurrencia no competitiva (se tramitan por orden de presentación hasta agotar el crédito).
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 10 de enero de 2026 (el día siguiente a la publicación de la orden) y finaliza el 30 de noviembre de 2026.
Las solicitudes se tramitan de forma electrónica a través de la sede de la Xunta de Galicia utilizando los siguientes códigos de procedimiento según el caso:
La concesión es por concurrencia no competitiva. Esto significa que las solicitudes se tramitan y resuelven individualmente por orden de entrada a medida que se presentan, hasta que se agote el crédito presupuestario de **125.000 EUR**.
Si al restar el importe medio recibido por el animal sacrificado al precio de compra del nuevo animal el resultado es un valor negativo, no se concederá ninguna ayuda para la reposición de ese animal concreto.
No. La convocatoria exige que las personas o entidades solicitantes cumplan estrictamente con la condición de **pyme** de acuerdo con la normativa de la Unión Europea.
Más subvenciones de la Consellería del Medio Rural · Ayudas para autónomos en Galicia · Subvenciones en Galicia