Orden de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan ayudas públicas para la paralización temporal de la flota pesquera de la Región de Murcia, a efectos de 2026, del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Importe total: 1.300.000 €
Apertura del plazo: 11 de mayo de 2026
Cierre del plazo: 07 de noviembre de 2026
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Pesca y acuicultura
Ámbito territorial: Murcia
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 904798
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a:
Armadores de buques pesqueros que estén registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera y tengan puerto base en la Región de Murcia.
Pescadores que hayan trabajado a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.
(Categorías BDNS: Gran empresa, personas físicas que no desarrollan actividad económica, pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica).
Requisitos
Para acceder a la ayuda se deben cumplir los siguientes requisitos específicos:
Para armadores: el buque debe haber llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar durante los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Para pescadores: haber trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, a bordo del buque afectado por el paro.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota de las modalidades de arrastre (de fondo), cerco y palangre con puerto base en la Región de Murcia durante el año 2026.
Cuantía
La convocatoria dispone de un presupuesto total de 1.300.000,00 euros, que se distribuye de la siguiente manera:
1.000.000,00 euros para las paradas temporales de las modalidades de cerco, palangre y el primer tramo de arrastre de fondo.
300.000,00 euros para las paradas temporales de la modalidad de arrastre de fondo en su segundo periodo.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes se divide en tres periodos según la modalidad de pesca:
Del 15 de mayo al 31 de mayo de 2026, ambos inclusive: para las modalidades de palangre y primer tramo de arrastre de fondo.
Desde el 1 de junio al 10 de junio de 2026, ambos inclusive: para la modalidad de cerco.
Desde el 3 de noviembre hasta el 7 de noviembre de 2026, ambos inclusive: para el segundo tramo de arrastre de fondo.
Obligaciones
Para recibir el pago de la ayuda, el beneficiario tiene la obligación de justificar la no realización de la actividad pesquera de arrastre durante el período de parada temporal correspondiente.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de actividad pesquera previa deben acreditar los pescadores?
Los pescadores deben haber trabajado en el mar al menos **120 días** durante los **dos años anteriores** a la fecha de presentación de la solicitud, a bordo de un buque afectado por la paralización.
¿Qué puertos base están incluidos en esta convocatoria?
Están incluidos únicamente los buques que tengan su puerto base en la **Región de Murcia**.
¿Cómo se justifica la ayuda para poder cobrarla?
El pago se realizará previa justificación por parte del beneficiario de que **no ha realizado actividad pesquera** de arrastre durante el período de la parada temporal.