CONVOCATORIA DE AYUDAS A DETERMINADAS FAMILIAS MONOPARENTALES DEL MUNICIPIO DE CARLET PARA EL 2026
AYUNTAMIENTO DE CARLET
Importe total: 10.000 €
Apertura del plazo: 01 de julio de 2026
Cierre del plazo: 31 de octubre de 2026
Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento
Ámbito territorial: C. Valenciana · Valencia / València
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 916578
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida exclusivamente a las personas físicas que no desarrollan actividad económica y que sean padres, madres o tutores legales titulares de una unidad de convivencia monoparental en el municipio de Carlet.
Se consideran protegidas únicamente las siguientes situaciones:
Monoparentalidad de origen: la filiación está reconocida a favor de una sola persona en el Registro Civil.
Monoparentalidad sobrevenida por resolución judicial: que determine en exclusiva la patria potestad, su pérdida o suspensión respecto del otro progenitor, o la declaración de ausencia legal o desaparición.
La solicitud debe realizarla siempre el cabeza de la unidad de convivencia (no los hijos o descendientes).
Requisitos
Para poder solicitar la ayuda, se deben cumplir obligatoriamente los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de solicitudes:
Disponer del Título de Familia Monoparental en vigor expedido por la Generalitat Valenciana (o haber registrado la solicitud de este o su renovación antes de pedir la subvención).
Estar empadronado/a y residir de manera efectiva en Carlet con una antigüedad mínima de 3 años inmediatos y consecutivos. Los descendientes (menores de 21 años) deben convivir y estar empadronados con el solicitante.
Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Carlet, la AEAT y la Seguridad Social, y haber justificado correctamente las subvenciones municipales de años anteriores.
Estar activo laboralmente o en búsqueda activa de empleo.
No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
Qué se subvenciona
Se subvencionan los gastos corrientes derivados de la conciliación de la vida familiar y laboral, así como del cuidado, manutención y formación de los descendientes a cargo durante el año natural 2026. Se deben aportar las facturas y justificantes bancarios de pago efectivo de dichas actividades realizadas durante el 2026.
Cuantía
El presupuesto total destinado a esta convocatoria es de 10.000,00 euros, financiado con cargo a la partida presupuestaria 231.480.91 "Subvenciones Familias Monoparentales de Origen" del presupuesto del ejercicio 2026. El procedimiento se tramita bajo el régimen de concurrencia competitiva.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Del 1 de julio de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026. El plazo puede cerrar de forma anticipada si se agota el crédito de 10.000,00 €.
Vías de presentación: Preferentemente por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Carlet, o presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento y demás vías de la Ley 39/2015.
Documentación básica:
Formulario de solicitud (Anexo II).
Copia del DNI/NIE de la persona solicitante.
Copia del Título Oficial de Familia Monoparental en vigor (o resguardo de solicitud/renovación).
Libro de familia completo o certificación literal de nacimiento.
Copia de la resolución judicial firme (para casos sobrevenidos).
Informe de vida laboral del solicitante y cabeza de familia.
Tarjeta de demanda de empleo (DARDE) si se está en desempleo.
Facturas y justificantes bancarios de pago de los gastos de 2026.
Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
Certificados de estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social (solo si no se autoriza al Ayuntamiento a consultarlo de oficio).
Preguntas frecuentes
¿Puede mi hijo mayor de edad presentar la solicitud de la ayuda en su propio nombre?
No. La normativa especifica que no se admite la presentación de solicitudes por parte de los hijos o descendientes que integren el núcleo, independientemente de su edad; la solicitud debe realizarla obligatoriamente el progenitor o tutor legal titular de la unidad de convivencia.
¿Qué ocurre si me quedo sin trabajo mientras solicito la ayuda?
Se puede solicitar la ayuda siempre que se acredite estar en búsqueda activa de empleo, para lo cual se deberá aportar el documento de alta y renovación de la demanda de empleo (**DARDE**).
¿Qué pasa si se agota el dinero de la convocatoria antes del 31 de octubre de 2026?
Si se agota el crédito presupuestario de **10.000,00 €** antes del **31 de octubre de 2026**, se procederá al cierre anticipado del procedimiento, dándose publicidad de dicho agotamiento en el Tablón de Anuncios municipal.