2.2. SUBVENCIONES A ENTIDADES QUE PONEN EN EUSKERA SUS RÓTULOS, IMAGEN CORPORATIVA Y SITIO WEB.
AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Importe total: 4000 €
Apertura del plazo: 24 de abril de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, HOSTELERÍA
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 901385
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a personas físicas (autónomos) y PYMEs (personas jurídicas) que tengan su domicilio fiscal en Arrasate o que desarrollen su actividad económica en locales ubicados en Arrasate.
Quedan excluidas:
Entidades cuyo objeto sea la normalización del euskera (asociaciones de euskera, euskaltegis, ikastolas, etc.) y entidades públicas.
Grandes empresas o entidades de más de 50 personas empleadas.
Empresas cuyo capital social pertenezca en más del 50% a las empresas o entidades de más de 50 empleados mencionadas anteriormente.
Requisitos
Para poder percibir la subvención se deben cumplir las siguientes condiciones:
Generales: El texto en euskera debe estar redactado correctamente y la actividad debe haberse realizado dentro del ejercicio 2026.
Rótulos e imagen corporativa: No pueden contener únicamente el nombre y apellido de la persona. El texto debe estar redactado solo en euskera, o bien en euskera y castellano (u otro idioma).
Sitios web: La entidad debe tener el domicilio fiscal en Arrasate y la página web debe estar en euskera y castellano.
Qué se subvenciona
Se financia la implantación en euskera (íntegro o bilingüe) realizada durante el ejercicio 2026 de los siguientes elementos:
Rótulos de las sedes.
Imagen corporativa: Sobres, hojas con membrete, tarjetas de visita, sello de identificación, albaranes, facturas y rotulación de vehículos.
Sitio web (en formato bilingüe).
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 4.000 €. Solo se concederá una subvención por concepto y entidad bajo los siguientes límites:
Rotulación:
Íntregramente en euskera: 50% del coste con un límite máximo de 300 €.
En euskera y castellano: 25% del coste con un límite máximo de 150 € (dando prioridad al euskera en ubicación, medidas o intensidad).
Imagen corporativa:
Íntregramente en euskera: 50% del coste con un límite máximo de 120 €.
En euskera y castellano: 25% del coste con un límite máximo de 60 €.
Sitios web:
En euskera y castellano: 40% del coste con un límite máximo de 300 €.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 24 de abril de 2026 y finaliza el 31 de diciembre de 2026.
Excepción de plazo: Para las acciones realizadas entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2026, el plazo se amplía un mes, hasta el 31 de enero de 2027.
La tramitación la realiza el Servicio de Euskera. Junto a la solicitud, se debe presentar:
Facturas de los gastos del año 2026.
Declaración jurada de estar al corriente de las obligaciones tributarias (al ser la ayuda inferior a 3.000 €) o acreditación correspondiente.
Para rótulos: Fotografía o documento del rótulo. El Ayuntamiento comprobará de oficio la licencia urbanística.
Para imagen corporativa: Un ejemplar de cada elemento elaborado o renovado.
Para sitios web: Dirección de la página web.
Preguntas frecuentes
¿Cómo y cuándo se realiza el pago de la subvención?
El pago se realizará en **un único abono**, previa justificación de los gastos, en un plazo máximo de **un mes** a contar desde que se adopte el acuerdo de concesión.
¿Qué ocurre si se agotan los 4.000 € de presupuesto de la convocatoria?
El programa de ayudas se dará por concluido cuando se agote la consignación presupuestaria, salvo que el Ayuntamiento decida expresamente aumentar dicho crédito.
¿Se subvenciona un rótulo que solo muestre mi nombre y apellidos?
No, quedan expresamente excluidos de la subvención los rótulos que contengan únicamente el nombre y apellido de la persona.