BASES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A EMPRESAS QUE PONEN EN EUSKERA SUS RÓTULOS, IMAGEN CORPORATIVA Y SITIO WEB

AYUNTAMIENTO DE BERGARA

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica, específicamente a empresas comerciales, hosteleras y de servicios que tengan su domicilio fiscal y la ubicación física de su establecimiento en Bergara, o que realicen su actividad en locales ubicados en el municipio.

Quedan excluidas:

Requisitos

Para poder acceder a la subvención, los solicitantes y sus proyectos deben cumplir lo siguiente:

Qué se subvenciona

Se subvenciona la traducción o el uso del euskera (ya sea de forma íntegra o bilingüe, según el caso) durante el año 2026 en los siguientes soportes:

1. Rótulos de las sedes.

2. Imagen corporativa: Conjunto de elementos como sobres, hojas con membrete, tarjetas de visita, sellos de identificación, albaranes, facturas, bolsas y rotulación de vehículos.

3. Páginas web.

Cuantía

El Ayuntamiento de Bergara destina un presupuesto total de 3.000 euros. Solo se concederá una subvención por concepto y entidad, bajo los siguientes límites:

Plazo y cómo solicitarla

El plazo de presentación comienza el 19 de febrero de 2026 y finaliza el 31 de diciembre de 2026 (o antes si se agota el presupuesto de 3.000 euros). Para las actividades realizadas entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2026, el plazo para presentar las facturas se extiende hasta el 31 de enero de 2027.

La solicitud se debe tramitar de forma obligatoria a través del Registro General Electrónico Municipal del Ayuntamiento de Bergara, utilizando su impreso oficial y adjuntando:

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si mi rótulo solo contiene mi nombre de pila y apellido?

No. Las bases excluyen explícitamente de la subvención aquellos rótulos o elementos de imagen corporativa que únicamente contengan el nombre y apellido de la persona o el nombre propio de la entidad.

¿Se subvenciona si encargo únicamente tarjetas de visita en euskera?

No. En el caso de la imagen corporativa, el Ayuntamiento valora el tratamiento de conjunto y no concede ayudas económicas por poner en euskera un único elemento aislado.

¿Qué ocurre si la página web de mi empresa también tiene versión en castellano?

La página web es subvencionable siempre que incorpore el euskera. Si es bilingüe o multilingüe, la ayuda será del **30% del coste** con un límite de **300 euros**, en lugar del **50%** y **500 euros** establecidos para las webs realizadas exclusivamente en euskera.

Convocatoria oficial

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