TI4 Digitalización e Industria (Reg.MinimisP 717/2014)
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
Importe total: 20.000 €
Apertura del plazo: 21 de abril de 2026
Cierre del plazo: 11 de diciembre de 2026
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: INDUSTRIA MANUFACTURERA
Ámbito territorial: La Rioja · La Rioja
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 900505
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a empresas personas físicas (autónomos) o jurídicas válidamente constituidas que cumplan los siguientes requisitos:
Tener la condición de Gran Empresa, PYME o Persona Física que desarrolla actividad económica.
Contar con un establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Ejercer la actividad económica para la que se solicita la ayuda en La Rioja y estar dado de alta en el Censo de Actividades Económicas en esta comunidad en el momento del cierre de la convocatoria.
Realizar las actuaciones subvencionadas y no estar excluido por la convocatoria.
Qué se subvenciona
La implantación de software, aplicaciones, sistemas y herramientas TIC (modalidad de participación individual con una única solicitud por beneficiario) vinculados a:
Software y herramientas TIC: Implantación e integración en áreas de gestión como cadena de suministro, producción, logística, contabilidad, recursos humanos, gestión del conocimiento, clientes o ciclo de vida de productos-servicios. Si se factura como pago por uso, se subvenciona un máximo de un año.
Hardware y activos materiales: Adquisición de los elementos necesarios para el funcionamiento del software anterior (tarjetas PC, sistemas embebidos, dispositivos móviles, pantallas, sensores, equipos informáticos, redes VLAN o wifi, routers, switches, etc.).
Consultoría externa: Servicios de asesoramiento, consultoría, asistencia, formación y *coach* necesarios para el proyecto (deben ir ligados obligatoriamente a la implantación del software del expediente).
No se subvencionan: Proyectos exclusivos de software de propósito general (ofimática, correo), meros escalados de sistemas ya existentes, renovación de equipamiento TIC básico, diseño y desarrollo de páginas web, mantenimiento, mobiliario de oficina, ni impuestos (como el IVA) o tasas.
Cuantía
La intensidad de la ayuda es del 40% del presupuesto subvencionable, bajo el régimen de minimis.
La inversión y/o gasto mínimo subvencionable debe ser de 50.000 euros.
El presupuesto total disponible para esta convocatoria es de 1.000.000 euros.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Comienza a las 9:00 horas del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja y finaliza el 30 de octubre de 2026 a las 14:00 horas. (Nota: la ficha del sistema registra un periodo de apertura del 21 de abril de 2026 al 11 de diciembre de 2026).
Retroactividad: Se admiten inversiones y actuaciones realizadas a partir del 18 de octubre de 2025, incluido.
Cómo solicitarla: La tramitación es obligatoriamente telemática a través de la sede electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER).
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si solo quiero renovar los ordenadores de la oficina?
No. Los proyectos de renovación y/o adquisición exclusiva de equipamiento TIC básico, así como la compra exclusiva de hardware sin estar vinculado a la implantación de un nuevo software, están expresamente excluidos de la ayuda.
¿Se financia el diseño de la página web de mi empresa?
No. El diseño y desarrollo de páginas web no se considera un concepto subvencionable en esta convocatoria.
¿Cuál es el presupuesto mínimo que debe tener mi proyecto para acceder a la ayuda?
El proyecto debe tener una inversión y/o gasto mínimo subvencionable de **50.000 euros**.