Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: INDUSTRIA MANUFACTURERA
Ámbito territorial: La Rioja · La Rioja
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 898711
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a las empresas personas físicas (autónomos) o jurídicas de dimensión Pyme que desarrollen su actividad económica y tengan centros de trabajo ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Quedan excluidas expresamente:
Las grandes empresas.
Las asociaciones, federaciones, confederaciones, agrupaciones empresariales, sindicatos, colegios profesionales, entidades deportivas, consorcios, universidades y entidades del sector público.
Las sociedades civiles (excepto las Sociedades Agrarias de Transformación) y las comunidades de bienes.
Las empresas del sector de la producción agrícola primaria (salvo que también realicen transformación o comercialización al por mayor).
Las Pymes cuya actividad principal corresponda a los CNAE 47 (Comercio al por menor) y CNAE 95 (Reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales y domésticos, y vehículos).
Qué se subvenciona
El programa financia la modernización y digitalización de las empresas a través de:
Adquisición o implantación de herramientas TIC: software, aplicaciones, sistemas, hardware-redes, instalaciones, equipos, dispositivos y licencias.
Consultoría experta externa: servicios de asesoramiento, asistencia y formación necesarios para el desarrollo de las soluciones anteriores.
Conceptos no subvencionables:
Diseño y desarrollo de páginas web (salvo las de e-commerce).
Plataformas (salvo las de realidad virtual, realidad aumentada o gemelos digitales).
Renovación o adquisición exclusiva de equipamiento TIC básico (hardware sin software asociado o que no modernice los procesos).
Gastos de mantenimiento informático, antivirus comunes, teléfonos móviles, smartphone, canon digital y mobiliario de oficina.
Cuantía
Inversión mínima subvencionable: 3.000 euros por solicitud.
Inversión máxima subvencionable: 20.000 euros por solicitud.
Intensidad de la ayuda:
Con carácter general, el 50% de los gastos de implantación y de consultoría externa asociada.
Para las actuaciones específicas de ciberseguridad avanzada y su consultoría vinculada, la ayuda será del 70%.
El presupuesto total disponible para esta convocatoria es de 1.000.000 euros.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Desde la apertura de la convocatoria hasta el 12 de febrero de 2027 a las 14:00 horas.
Cómo solicitarla: La tramitación telemática es obligatoria a través de la web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).
Particularidad del proceso: Se acumulan las fases de concesión y de justificación. Esto significa que el beneficiario debe presentar, junto con la solicitud de la subvención, toda la documentación general de justificación de los gastos.
Fechas de los gastos: Se admiten inversiones iniciadas y gastos efectuados desde el 13 de diciembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas solicitudes se pueden presentar por beneficiario?
Solo se admitirá una **única solicitud** por beneficiario.
¿Se puede subvencionar la compra de ordenadores o servidores?
La adquisición en exclusiva de hardware **no es subvencionable** si no está acompañada de un software imprescindible para su implementación o si se trata de un proyecto TIC básico que no modernice los procesos de la empresa.
¿Cuál es el método de concesión de estas ayudas?
El procedimiento de concesión se realizará bajo el régimen de **concesión directa**.