Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, INDUSTRIA MANUFACTURERA
Ámbito territorial: La Rioja · La Rioja
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 897853
A quién va dirigida
Esta ayuda va dirigida a empresas personas físicas (autónomos) o jurídicas de dimensión PYME y gran empresa que desarrollen su actividad económica en La Rioja.
Quedan expresamente excluidas:
Asociaciones, federaciones, confederaciones, agrupaciones empresariales, sindicatos, colegios profesionales, entidades deportivas, consorcios, universidades y entidades del sector público.
Sociedades civiles (excepto las Sociedades Agrarias de Transformación).
Comunidades de bienes.
Empresas de producción agrícola primaria (agricultura y ganadería), a no ser que también realicen actividades de transformación o comercialización al por mayor de los productos obtenidos.
Empresas cuya actividad principal sea el comercio al por menor (C.N.A.E. 47) o la reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales, enseres domésticos y vehículos de motor y motocicletas (C.N.A.E. 95).
Requisitos
El beneficiario debe estar dado de alta en el Censo de Actividades Económicas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en un epígrafe correspondiente a la actividad subvencionada, en el momento del cierre de la convocatoria.
Solo se admite una solicitud por beneficiario, y cada solicitud debe incluir únicamente una contratación.
Las propuestas deben definir y concretar el perfil del profesional a contratar, que debe ser acorde a las necesidades del puesto y la actividad de la empresa.
Los profesionales contratados deben poseer la titulación exigida (u homologada por el Ministerio competente si es extranjera) en el momento de formalizar el contrato.
Qué se subvenciona
Se subvencionan los gastos de personal (salarios y cargas sociales) correspondientes a las 12 primeras mensualidades naturales del contrato de la nueva incorporación de tecnólogos o profesionales de gestión.
Los perfiles de contratación admitidos son:
Profesionales tecnólogos para incorporarse a Unidades de I+D, de Innovación o departamentos de diseño de producto.
Profesionales tecnólogos o de gestión para planificar, diseñar, desarrollar y desplegar operativamente acciones o planes estratégicos de la empresa (vinculados a innovación, estrategia, continuidad empresarial, digitalización, industria 4.0, sostenibilidad energética y medioambiental, economía circular, recursos humanos, modelos de gestión normalizados o comercio exterior).
Se cubren los costes correspondientes realizados desde el 13 de diciembre de 2025, incluido.
Cuantía
Se establece un tipo fijo de subvención del 50% de los gastos subvencionables.
El importe máximo de gasto subvencionable es de 50.000 euros (lo que equivale a una subvención máxima de 25.000 euros por solicitud).
La ayuda está sometida al régimen de minimis.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Comienza el 9 de abril de 2026 a las 9:00 horas y finaliza el 11 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas.
Forma de presentación: La tramitación es obligatoriamente telemática a través de la web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si ya he contratado al profesional?
Sí, siempre que el coste del contrato se haya realizado a partir del **13 de diciembre de 2025, incluido**.
¿Puedo presentar más de una solicitud para contratar a varios perfiles?
No. Solo se admitirá **una solicitud por beneficiario** y cada solicitud de Cheque incluirá únicamente **una única contratación**.
¿Qué tipo de procedimiento se utiliza para la concesión de estas ayudas?
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de **concesión directa**.