TI4 Digitalización e Industria (Reg.Minimis 2023/2831)

AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA

A quién va dirigida

Esta ayuda está dirigida a las empresas personas físicas (autónomos) o jurídicas válidamente constituidas que:

Requisitos

Qué se subvenciona

Es subvencionable la implantación de software, aplicaciones, sistemas y herramientas TIC vinculados a:

No se subvenciona: software de propósito general (ofimática, correo, edición de imagen) salvo si es parte inseparable de otros activos del proyecto; mero escalado de software-hardware ya disponible; renovación o adquisición exclusiva de equipamiento TIC básico; diseño y desarrollo de páginas web; mantenimiento y cánones; mobiliario de oficina; ni impuestos (como el IVA) o tasas.

Cuantía

Plazo y cómo solicitarla

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si ya he empezado el proyecto?

Sí, siempre que las actuaciones o inversiones se hayan realizado a partir del **18 de octubre de 2025, incluido**.

¿Se puede modificar el presupuesto una vez presentada la solicitud?

No, una vez que se ha cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.

¿Se subvenciona el diseño de una página web corporativa o el mantenimiento informático?

No, el diseño y desarrollo de páginas web, así como los gastos de mantenimiento y cánones del equipamiento informático, están expresamente excluidos de esta subvención.

Convocatoria oficial

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