Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR
Ámbito territorial: País Vasco · Gipuzkoa
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 900012
A quién va dirigida
Esta ayuda está destinada a las personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes que cumplan los siguientes requisitos:
Desarrollar o tener intención de desarrollar una actividad comercial u hostelera en el municipio de Eskoriatza.
Disponer de licencia municipal para desarrollar dichas actividades.
No incurrir en ninguna de las causas de prohibición para la obtención de subvenciones de la Ley General de Subvenciones.
No se concederán a entidades de carácter público.
Requisitos
Para que las actuaciones sean subvencionables, deben cumplir obligatoriamente las siguientes condiciones:
El rótulo o el texto de la imagen corporativa debe estar escrito exclusivamente en euskera.
Se debe detallar la actividad (como bar, restaurante, peluquería, frutería...) en el rótulo o material creado.
El texto debe estar escrito correctamente.
Se debe disponer del permiso para instalarlo (el Ayuntamiento comprobará internamente si se dispone de esta autorización).
Qué se subvenciona
Se financian las actuaciones realizadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 20 de octubre de 2026 para los siguientes conceptos:
Colocación de rótulos en euskera: tanto en la fachada como en las puertas y cristales del establecimiento comercial u hostelero.
Soportes de imagen corporativa en euskera: toldos, tarjetas de visita, sellos, facturas, rotulaciones de vehículos, bolsas, papel de envolver o elementos similares.
Cuantía
La partida presupuestaria total para esta convocatoria es de 1.500,00 euros.
A las solicitudes admitidas se les aplicará un sistema de reparto proporcional al importe del gasto acreditado. El importe de la ayuda no podrá superar en ningún caso el 100% del gasto acreditado.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 20 de octubre de 2026 inclusive (el cierre de la convocatoria en el sistema BDNS figura el 2026-10-30).
Cómo solicitarla:
Personas físicas: Pueden elegir entre la presentación presencial (de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas, en el servicio H@ZI del Ayuntamiento) o telemática.
Personas jurídicas: Están obligadas a realizar la solicitud exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Eskoriatza (www.eskoriatza.eus).
Documentación a aportar con la solicitud:
Instancia de solicitud firmada.
Propuesta de texto y diseño del rótulo o elemento. Si ya está colocado, fotografía del mismo; si ya está realizado, un ejemplar del material generado.
Presupuesto del gasto o factura (si el gasto ya se ha realizado).
Obligaciones
Para justificar la subvención y recibir el pago (que se realizará en un único abono tras certificar el gasto), se debe presentar en el servicio H@ZI (presencial o telemáticamente) hasta el 20 de octubre de 2026:
Facturas de los gastos realizados.
Documentación gráfica de la rotulación (fotografías).
Un ejemplar de cada material creado para la imagen corporativa (sobres, tarjetas, bolsas, etc.).
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?
Sí, esta subvención es **compatible con cualquier otra** que se conceda para la misma finalidad. No obstante, la suma de las ayudas no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada.
¿Cuál es el plazo de resolución de la ayuda?
La resolución se adoptará en el plazo más breve posible, a más tardar **tres meses después** de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
¿Qué pasa si la solicitud contiene algún error o falta documentación?
El Ayuntamiento requerirá al solicitante para que subsane los defectos detectados en un plazo de **diez días**. Si no lo hace, se le tendrá por desistido de su petición.