2026 LÍNEA DE FINANCIACIÓN PRÉSTAMOS BONIFICADOS IVF PARA LA RECUPERACIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR LA DANA DE OCTUBRE DE 2024. MINIMIS
INSTITUT VALENCIÀ DE FINANCES
Importe total: 3.000.000 €
Apertura del plazo: 27 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: PRÉSTAMO
Código BDNS: 890178
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas jurídicas (PYMES y personas físicas que desarrollan actividad económica según la BDNS) que cumplan una de estas dos condiciones:
Tener, al menos, un establecimiento o sucursal radicado en alguno de los Municipios Afectados por la DANA de octubre y noviembre de 2024.
No tener establecimiento allí, pero presentar un proyecto de financiación destinado a instalar su primer establecimiento o sucursal en alguno de dichos municipios.
No pueden beneficiarse las entidades de derecho público, universidades públicas, organismos autónomos, empresas públicas, sociedades mercantiles públicas (con más del 50% de capital público), fundaciones públicas ni sociedades participadas mayoritariamente por estas.
Requisitos
Para acceder al préstamo, debes cumplir los siguientes requisitos:
Acreditar una antigüedad mínima de dos años y contar con un mínimo de un empleado o un trabajador autónomo societario. Este requisito de antigüedad y empleo no se aplicará si el proyecto tiene por objeto implantar una persona jurídica de nueva creación cuyo domicilio social se ubique en un Municipio Afectado.
Disponer o estar en disposición de obtener las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para el proyecto.
Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Estado, la Generalitat Valenciana y la Seguridad Social (se aceptan deudas aplazadas, fraccionadas o suspendidas).
No tener incidencias financieras con entidades en la CIRBE ni en registros de impagados.
No tener fondos propios negativos al cierre del último ejercicio (salvo que se acredite su subsanación antes de presentar la solicitud).
No acumular pérdidas continuadas en los dos últimos ejercicios (salvo que la operación cuente con un aval de AFIN-SGR por el 100% del valor nominal e intereses ordinarios).
No estar en situación de concurso, incurso en prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, ni tener pendiente una orden de recuperación de la Comisión Europea.
Qué se subvenciona
Se financian proyectos empresariales que tengan por objeto la inversión en activos fijos y/o la financiación de necesidades de circulante para la recuperación y reactivación de las zonas afectadas por la DANA de octubre de 2024.
Cuantía
La ayuda consiste en la concesión de préstamos bonificados, que incorporan una rebaja del tipo de interés respecto al tipo de interés de mercado.
La convocatoria cuenta con un importe total de 3.000.000 euros (con una dotación de la línea presupuestaria para el ejercicio 2026 de 6.000.000 euros).
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Se abre el 27 de febrero de 2026 (el día siguiente a la publicación de la convocatoria) y finaliza el 31 de diciembre de 2026, o antes si se agota el presupuesto disponible.
Forma de presentación: Es obligatoria la tramitación online y telemática. Debes cumplimentar los formularios electrónicos oficiales a través de la web del IVF: https://prestamos.ivf.es.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la ayuda si acabo de crear mi empresa?
Sí, pero únicamente si el proyecto de financiación tiene por objeto la implantación de una empresa de nueva creación cuyo domicilio social se ubique en alguno de los Municipios Afectados. En este caso, no se te exigirá la antigüedad mínima de dos años ni el empleado mínimo.
¿Qué ocurre si tengo deudas tributarias aplazadas o fraccionadas?
Puedes solicitar la ayuda. Las deudas con el Estado, la Generalitat o la Seguridad Social que estén aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución esté suspendida se consideran válidas para cumplir el requisito de estar al corriente de pago.
¿Puedo optar al préstamo si mi empresa tuvo pérdidas en los dos últimos años?
Sí, pero únicamente si dispones o estás en disposición de obtener un aval de la Sociedad de Garantía Recíproca AFIN-SGR que cubra el **100%** del valor nominal de la operación y sus intereses ordinarios.