2026 LÍNEA DE FINANCIACIÓN PRÉSTAMOS BONIFICADOS IVF PYME INVERSIÓN 2026. MINIMIS
INSTITUT VALENCIÀ DE FINANCES
Importe total: 5.000.000 €
Apertura del plazo: 25 de febrero de 2026
Cierre del plazo: 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES, ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS, ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS, ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA, AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA, COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, CONSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN, HOSTELERÍA, INDUSTRIA MANUFACTURERA, OTROS SERVICIOS, SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN, SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO, TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Ámbito territorial: C. Valenciana
Instrumento: PRÉSTAMO
Código BDNS: 889577
A quién va dirigida
Personas jurídicas que cumplan las condiciones para ser consideradas PYME (microempresas, pequeñas y medianas empresas según el Reglamento UE 651/2014).
Quedan expresamente excluidas las entidades de derecho público, universidades públicas, organismos autónomos, fundaciones públicas y empresas o sociedades mercantiles públicas donde más del 50% del capital pertenezca a una Administración pública.
Requisitos
Disponer de al menos un establecimiento o sucursal en la Comunitat Valenciana, o destinar el proyecto a abrir el primero.
Acreditar una antigüedad mínima de dos años y tener como mínimo un empleado o un trabajador autónomo societario. Este requisito no aplica a entidades de nueva creación cuyo domicilio social vaya a situarse en la Comunitat Valenciana.
No figurar con incidencias bancarias en CIRBE ni en registros de impagados.
No presentar fondos propios negativos al último cierre contable, salvo subsanación acreditada antes de solicitar la ayuda.
No registrar pérdidas continuadas en los últimos dos ejercicios, salvo que la operación cuente con un aval de AFIN-SGR por el 100% del nominal y de los intereses ordinarios.
Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria estatal y la Generalitat (se admiten deudas aplazadas o fraccionadas).
Disponer o poder disponer de los permisos y licencias requeridos para el proyecto.
No encontrarse en las prohibiciones para obtener subvenciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones ni tener órdenes de recuperación de ayudas de la Comisión Europea.
Qué se subvenciona
La financiación mediante préstamos bonificados de proyectos empresariales cuya finalidad sea la inversión en activos fijos.
Cuantía
La ayuda se articula mediante préstamos que incorporan una bonificación en forma de rebaja del tipo de interés frente al tipo de mercado. La convocatoria cuenta con un importe de 5.000.000 euros asignado en la BDNS (con cargo a una línea presupuestaria para 2026 dotada con 8.000.000 euros).
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: Abierto del 25 de febrero de 2026 al 31 de diciembre de 2026 (a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria).
Forma de presentación: La tramitación es exclusivamente telemática a través de la web oficial del Institut Valencià de Finances en https://prestamos.ivf.es.
Preguntas frecuentes
¿Puede solicitar el préstamo una empresa de nueva creación?
Sí, siempre que el proyecto financiado tenga como objeto la implantación de una empresa cuyo domicilio social se sitúe en la Comunitat Valenciana; en ese caso no se exige contar con dos años de antigüedad ni con personal contratado previo.
¿Se puede optar a la financiación si la empresa tuvo pérdidas los dos últimos años?
Únicamente si la operación dispone o está en disposición de obtener un aval de AFIN-SGR que cubra el **100%** del importe nominal y los intereses ordinarios del préstamo.
¿Cómo se justifican las condiciones exigidas en la solicitud?
Mediante la firma de la Declaración Responsable incluida en la convocatoria, la cual autoriza al Institut Valencià de Finances a comprobar los datos de forma telemática o por muestreo.