RESOLUCION DGFAL DESEMPLEADOS Y OCUPADOS SILICOSIS EN ANDALUCÍA LINEA 2
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Importe total: 200.000 €
Apertura del plazo: 27 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 05 de noviembre de 2026
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades relacionadas con el empleo
Ámbito territorial: Andalucía
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 936469
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida exclusivamente a las entidades de formación privadas, con y sin ánimo de lucro, que actúen como centros del Sistema de Formación en el Trabajo.
Quedan expresamente excluidas las entidades de formación públicas (entidades integrantes del sector público).
Requisitos
Para poder optar a la subvención, las entidades privadas deben cumplir con los siguientes requisitos:
Estar recogidas en el apartado 4.a).1.º del Cuadro Resumen de las bases reguladoras de la Orden de 3 de noviembre de 2023.
Contar con una plataforma de aprendizaje debidamente inscrita en el correspondiente registro para las especialidades formativas solicitadas.
Disponer de centros de formación inscritos donde se pretendan impartir las acciones.
Qué se subvenciona
Se subvenciona la puesta en marcha y realización de actividades de formación en el trabajo en la modalidad de teleformación (100 %).
La oferta formativa (detallada en el Anexo III de la convocatoria) está dirigida específicamente a personas trabajadoras ocupadas afectadas por silicosis en Andalucía (Línea 2). Comprende especialidades del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo, incluyendo especialidades no vinculadas a certificados profesionales.
El ámbito territorial de competitividad es toda la Comunidad Autónoma Andaluza.
Cuantía
El presupuesto total destinado a la Línea 2 es de 200.000 euros (repartidos en 140.000 euros para la anualidad 2026 y 60.000 euros para la anualidad 2027).
El porcentaje máximo de la subvención a solicitar será del 100 % de la actividad formativa.
El importe para cada entidad se calculará con la fórmula: Horas formativas x Número de alumnado x Módulo económico de la especialidad.
El número máximo de alumnado que se puede solicitar es de 80 personas por cada especialidad formativa.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo: El periodo de solicitud se abre el 2026-10-27 y finaliza el 2026-11-05 a las 12:00 horas (hora peninsular española).
Cómo solicitar: Se debe presentar una única solicitud por entidad para toda Andalucía de manera telemática a través de la aplicación "PROFEUS+A", utilizando firma electrónica.
Documentación: Los formularios de solicitud (Anexo I y I bis) están disponibles en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica de la Junta de Andalucía. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Formación en el ámbito laboral.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta subvención con otras ayudas?
Sí, la concesión de estas subvenciones es **compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos** para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional o internacional, **hasta el límite del coste total** de la actividad formativa subvencionada.
¿Qué pasa si presento más de una solicitud para la misma línea?
Cada entidad debe presentar **una única solicitud** para toda Andalucía. En caso de presentar más de una, se tendrá en cuenta únicamente la **presentada en último lugar**, quedando el resto de solicitudes inadmitidas.
¿De dónde proceden los fondos que financian esta ayuda?
La financiación de las subvenciones concedidas proviene en su totalidad de fondos de la **Administración General del Estado**.