Resolución de 14 de octubre de 2026, para el fomento de la actividad cultural en áreas rurales de Andalucía
AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES
Importe total: 344.379 €
Apertura del plazo: 23 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 06 de noviembre de 2026
Beneficiarios: PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades de creación artística y artes escénicas
Ámbito territorial: Andalucía
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 934696
A quién va dirigida
Esta convocatoria está destinada a personas y entidades que desarrollen su actividad en Andalucía dentro de las siguientes categorías:
Personas físicas y jurídicas privadas legalmente constituidas, tanto con ánimo de lucro como sin ánimo de lucro.
Municipios (a través de sus ayuntamientos o sus fórmulas de gestión).
Mancomunidades de municipios.
Entidades del subsector público institucional (organismos públicos o entidades de derecho público o privado).
Entidades locales autónomas.
Qué se subvenciona
El objeto es la financiación de proyectos y actividades que impulsen la cultura y amplíen la oferta cultural en el medio rural de Andalucía.
Se entiende por medio rural el espacio geográfico formado por municipios o entidades locales menores con una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km². Tendrán un tratamiento prioritario los proyectos que se desarrollen en municipios o localidades de menos de 5.000 habitantes integrados en dicho medio rural.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria asciende a 344.379,00 euros, distribuido de la siguiente manera:
Empresas privadas: 206.627,40 euros.
Corporaciones locales: 86.094,75 euros.
Instituciones sin fines de lucro: 51.656,85 euros.
Los importes límites por solicitud son:
Cuantía mínima: 10.000,00 euros.
Cuantía máxima: 75.000,00 euros.
El importe concedido no podrá superar el 80% del presupuesto aceptado del proyecto, salvo para entidades públicas, en cuyo caso la ayuda puede alcanzar hasta el 100%.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo para presentar las solicitudes es de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (del 23 de octubre de 2026 al 6 de noviembre de 2026).
Las solicitudes deben tramitarse de forma electrónica a través de los formularios oficiales (Anexo I), disponibles en:
El Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25214.html
La web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales: http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/
Preguntas frecuentes
¿Qué requisitos de población debe cumplir el municipio donde se realice la actividad?
Debe pertenecer al medio rural, definido como municipios o entidades locales menores con una población inferior a **30.000 habitantes** y una densidad menor de **100 habitantes por km²**. Se dará prioridad a las localidades de menos de **5.000 habitantes**.
¿Qué porcentaje del proyecto se puede financiar con esta ayuda?
Para las empresas privadas y entidades sin ánimo de lucro se financia hasta un máximo del **80% del presupuesto aceptado**. En el caso de que los beneficiarios sean entidades públicas, la ayuda puede llegar hasta el **100%**.
¿Durante cuánto tiempo se deben mantener los requisitos para ser beneficiario?
Los requisitos exigidos deben cumplirse desde la **fecha de presentación de la solicitud** hasta la **finalización y justificación** de la actividad objeto de la subvención.