RESOLUCIÓN DGFAL DESEMPLEADOS Y OCUPADOS SILICOSIS EN ANDALUCÍA LINEA 1
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Importe total: 500.000 €
Apertura del plazo: 27 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 05 de noviembre de 2026
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: Actividades relacionadas con el empleo
Ámbito territorial: Andalucía
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 936465
A quién va dirigida
Esta convocatoria está dirigida exclusivamente a entidades de formación privadas, con o sin ánimo de lucro, que estén constituidas como pymes, grandes empresas, personas físicas o personas jurídicas (desarrollen o no actividad económica).
Quedan expresamente excluidas las entidades de formación públicas (organismos y entes integrantes del sector público).
Requisitos
Ser centros del Sistema de Formación en el Trabajo que dispongan de una plataforma de aprendizaje debidamente inscrita en el registro correspondiente para las especialidades formativas objeto de la ayuda.
Presentar una única solicitud por entidad para cada línea y para toda Andalucía, donde se listen las acciones formativas ordenadas por prioridad. Si se presenta más de una solicitud, solo se admitirá la última registrada.
Qué se subvenciona
La puesta en marcha y realización de acciones formativas de la "oferta de formación en el trabajo" en la modalidad de teleformación (100 %). El objetivo es proporcionar competencias profesionales a personas afectadas por silicosis en Andalucía, distinguiendo dos líneas:
Línea 1: Dirigida a personas trabajadoras desempleadas.
Línea 2: Dirigida a personas trabajadoras ocupadas.
Las formaciones corresponden a especialidades del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo (no vinculadas a certificados profesionales).
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 700.000,00 euros (repartidos en 500.000,00 euros para la Línea 1 y 200.000,00 euros para la Línea 2), distribuidos entre las anualidades 2026 y 2027.
El porcentaje máximo de la subvención será del 100 % del coste de la actividad formativa.
La cuantía para cada entidad se calcula con la fórmula: Horas formativas x Número de alumnado x Módulo económico de la especialidad.
El número máximo de alumnos permitido es de 80 por cada especialidad formativa.
Plazo y cómo solicitarla
El plazo de presentación es de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). La solicitud se podrá enviar hasta las 12:00 horas del último día de plazo (hora peninsular).
La tramitación es exclusivamente telemática a través de la aplicación "PROFEUS+A", accesible desde la Sede electrónica de la Junta de Andalucía. Se requiere firma electrónica y el formulario se dirigirá a la Dirección General de Formación en el ámbito laboral.
Preguntas frecuentes
¿Es compatible esta subvención con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de administraciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, siempre que no se supere el **100 %** del coste total de la actividad formativa.
¿Se pueden impartir las clases de forma presencial o mixta?
No, la convocatoria exige que las acciones formativas se impartan exclusivamente bajo la modalidad de **teleformación (100 %)**.