RESOLUCIÓN de Vicep. Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad de aprobación de bases reguladoras de subvenc. para la reparación o sustitución de ascensores dañados a consecuencia de la DANA 2024 y su convocatoria 2026.
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE VIVIENDA
Importe total: 4.000.000 €
Apertura del plazo: 15 de octubre de 2026
Cierre del plazo: 22 de diciembre de 2026
Beneficiarios: GRAN EMPRESA, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Sector: CONSTRUCCIÓN
Ámbito territorial: C. Valenciana · Castellón / Castelló
Instrumento: SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Código BDNS: 935530
A quién va dirigida
Esta ayuda está dirigida a personas físicas y jurídicas, tanto si desarrollan actividad económica como si no, lo que incluye a:
Personas físicas que no desarrollan actividad económica (propietarios de viviendas).
Personas físicas que desarrollan actividad económica (autónomos).
Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica (como comunidades de propietarios).
Pymes y Grandes empresas.
El solicitante debe ser el presidente en el caso de comunidades de propietarios, un representante autorizado con justificación de la relación jurídica en el caso de agrupaciones de propietarios, o el presidente del consejo rector en otros supuestos específicos. En caso de propietarios fallecidos, podrán solicitarla sus sucesores o derechohabientes debidamente acreditados.
Qué se subvenciona
La reparación o sustitución de ascensores dañados a consecuencia del temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana. Las actuaciones deben estar ubicadas en los municipios afectados que se incluyen en los anexos III y IV de las bases reguladoras. En el caso de sustitución completa, la ayuda se limita a la equivalencia técnica del aparato siniestrado, excluyendo mejoras sobredimensionadas.
Cuantía
La subvención puede alcanzar hasta el 100 % del coste total subvencionable de la actuación.
El límite mínimo de la ayuda es de 300 euros por actuación (se desestimarán las solicitudes por importes inferiores).
El límite máximo es de 50.000 euros por ascensor.
El presupuesto total de la convocatoria es de 4.000.000 euros, distribuido en 1.000.000 euros para el ejercicio 2026 y 3.000.000 euros para el 2027.
Plazo y cómo solicitarla
Plazo de presentación: Se abre el 16 de octubre de 2026 y cierra el 22 de diciembre de 2026 (el plazo es de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria).
Vía telemática: Obligatoria para personas jurídicas y sujetos obligados a relacionarse electrónicamente, a través del enlace: https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G112625.
Vía presencial: Las personas físicas no obligadas a la tramitación electrónica pueden presentarla físicamente o recibir asistencia en las oficinas de atención presencial de la Generalitat, en las oficinas de la Xarxa Xaloc, o mediante cualquiera de las formas de la Ley 39/2015.
Criterios de valoración
El procedimiento se tramita en régimen de concurrencia competitiva, donde el único criterio de otorgamiento es el estricto orden de presentación de las solicitudes que estén completas y contengan toda la documentación exigida, hasta agotar el crédito presupuestario.
Preguntas frecuentes
¿Se puede pedir la ayuda si el ascensor ya ha sido reparado o sustituido?
Sí. En el caso de solicitudes presentadas con posterioridad a la reparación o sustitución del ascensor, la administración presumirá que existía un acuerdo unánime previo por parte de los propietarios para realizar dicha actuación.
¿Cuánto tiempo tardarán en resolver y qué pasa si no hay respuesta?
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de **tres meses** desde la finalización del plazo de solicitudes. Si transcurrido ese plazo no se ha publicado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
¿Cómo se notificará la concesión de la ayuda?
La resolución se publicará en el **Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV)** y en el portal web de la Generalitat. Esta publicación sustituye a la notificación individual, aunque se podrá avisar a los solicitantes mediante un mensaje de texto SMS si facilitaron un teléfono móvil.